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29 NORMAS LEGALES Domingo 22 de mayo de 2022 El Peruano / Disponen que la administración de las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en el Establecimiento Penitenciario del Callao (Ex Sarita Colonia), estén a cargo de la Administración de las Salas de Audiencia del Poder Judicial en los Establecimientos Penitenciarios de Lima - ASAEP CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000189-2022-CE-PJ Lima, 19 de mayo del 2022VISTO: El O fi cio N° 000061-2022-GSJR-GG-PJ cursado por el Gerente de Servicios Judiciales y Recaudación, al cual se adjunta el Informe N° 00003-2022-ASAEP-GSJR-GG-PJ elaborado por la Administradora de las Salas de Audiencias del Poder Judicial en los Establecimientos Penitenciarios de Lima - ASAEP. CONSIDERANDO:Primero. Que, con fecha 3 de mayo de 2013, el Poder Judicial y el Instituto Nacional Penitenciario - INPE, suscribieron un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, cuya fi nalidad está orientada a promover y fomentar mecanismos de coordinación y colaboración interinstitucional entre ambas instituciones. Segundo. Que, en mérito al citado convenio, la Corte Superior de Justicia del Callao administra las salas de audiencias ubicadas en el Establecimiento Penitenciario del Callao (Ex Sarita Colonia). Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 252-2014-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que la administración de las salas de audiencias ubicadas en los Establecimientos Penitenciarios de Lurigancho, Miguel Castro Castro, San Jorge y Santa Mónica, estén a cargo de una dependencia de la Gerencia General del Poder Judicial. Cuarto. Que, en cumplimiento a la resolución administrativa precedentemente citada, desde el año 2014 la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Administración de las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en los Establecimientos Penitenciarios de Lima - ASAEP, se encuentra a cargo de la administración de las referidas salas de audiencias. Quinto. Que, resulta necesario que las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en el Establecimiento Penitenciario del Callao (Ex Sarita Colonia), estén a cargo y bajo la dirección de un órgano administrativo de la Gerencia General del Poder Judicial, a fi n de dotar de una adecuada organización que permita estandarizar sus actividades y contar con indicadores que conlleven a realizar una mejora continua, coadyuvando de esta forma a una administración de justicia célere, en bene fi cio de los justiciables. Sexto. Que, la Administración de las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en los Establecimientos Penitenciarios de Lima - ASAEP, adscrita a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, a través de los últimos años ha venido cumpliendo de manera satisfactoria, adecuada y oportuna, cada una de las actividades de apoyo a la labor jurisdiccional, tales como agendar, organizar, ejecutar y supervisar el correcto desarrollo de las audiencias judiciales programadas por los órganos jurisdiccionales en los procesos con reos en cárcel; así como brindar atención a los internos/as y usuarios/as en general; experiencia que resulta pertinente sea replicada en otros Establecimientos Penitenciarios del país. Sétimo. Que, existe factibilidad para que la Administración de las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en los Establecimientos Penitenciarios de Lima - ASAEP, asuma la administración integral, dirección y coordinación de las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en el Establecimiento Penitenciario del Callao. Octavo. Que, a fi n que la referida administración asuma dicha competencia, se requiere asignarle los recursos necesarios (humanos, técnicos, logísticos, etc.), que permita ejecutar de manera adecuada dicha administración. Noveno. Que, el artículo 82° inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 546- 2022 de la décima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de mayo de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que la administración de las Salas de Audiencias Penales del Poder Judicial ubicadas en el Establecimiento Penitenciario del Callao (Ex Sarita Colonia), estén a cargo de la Administración de las Salas de Audiencia del Poder Judicial en los Establecimientos Penitenciarios de Lima - ASAEP, adscrita a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Segundo.- La Gerencia General del Poder Judicial deberá garantizar la asignación oportuna y directa de los recursos necesarios (humanos, fi nancieros, técnicos, logísticos, etc.), que permita ejecutar de manera adecuada lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidenta del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Instituto Nacional Penitenciario, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2069517-6 Incorporan el aplicativo CHATBOT -PJ a la herramienta tecnológica con inteligencia artificial (chatbot) denominada MAU-BOT , disponen que la fusión de ambos aplicativos se denominará CHATBOT -PJ; y dictan otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000190-2022-CE-PJ Lima, 19 de mayo del 2022VISTOS: El O fi cio N° 005-2022-P-CONAUJ-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, O fi cio N° 000095-2022-GDC-GG-PJ