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101 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / JESUS IBAÑEZ OJEDA, Subgerente de Educación, Deporte y Recreación, ALBANIA MARGARITA FACUNDO AGUILAR, Presidenta de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Humano, Participación Ciudadana, Educación e Inclusión Social; KARIN INES ORIUNDO SALAZAR, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano y Gestión de Riesgos de la Municipalidad Distrital de Castilla. Que, mediante Informe Nº97-2022-MDC-GDH, de fecha 23 de marzo del 2022, el Gerente de Desarrollo Humano, hace de conocimiento respecto a la invitación al alcalde, Gerente de Desarrollo Humano, Sub Gerente de Educación Cultura y Deporte y Recreación, Presidenta de la comisión Ordinaria de Desarrollo Humano, participación Ciudadana, Educación e inclusión Social, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano y Gestión de Riesgos, los días 27 de mayo del 2022 al 03 de junio del 2022 al país de Brasil-Toledo Estado de Paraná. Que, mediante Informe Nº 278-2022-MDC-OGAJ, de fecha 25 de marzo del 2022, el Gerente de Asesoría Jurídica, emite Opinión Legal, sobre autorización de viaje del Sr. Alcalde, Regidores y Funcionarios a la Ciudad de Fox de Iguazú y Municipio de Toledo, Estado de Paran.- Brasil, elevándolo al Pleno de Concejo Municipal para que se le Autorice al Alcalde, Gerente de Desarrollo Humano, Sub Gerente de Educación Cultura y Deporte, Presidenta de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Humano, Participación Ciudadana, Educación e Inclusión Social y Presidenta de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Urbano y Gestión de Riesgos, para que participen en un evento realizado por el Municipio de Toledo, Estado de Paran.-Brasil, cuyo objetivo es la presentación de las diversas políticas públicas las cuales puede ser implementadas por esta entidad, así mismo sostener una reunión con el Rector de la Universidad Federal de Integración Latinoamericana (UNILA) y ver las posibilidades de Firmar un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, para que estudiantes de Pre grado y Pos grado de nuestro Distrito de Castilla pueda acceder a las becas que ofrece la universidad de brasileña. (...). Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 30305, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos del gobierno administrativos y de administración. Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidade.- Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento. Que, el artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicio o en representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario, razón por la cual la autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal. ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR POR MAYORÍA, LA AUTORIZACIÓN de viaje y VIÁTICOS a la Ciudad de Foz de Iguazú y Municipio de Toledo, Estado de Paran.- Brasil, al Sr. JOSE ELIAS AGUILAR SILVA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Castilla, Sr. JUVER CALLE FLORES, Gerente de Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de Castilla; Sr. JESUS IBAÑEZ OJEDA Sub Gerente de Educación Cultura y Deporte, de la Municipalidad Distrital de Castilla; del 23 de mayo al 04 de junio del 2022.Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Administración de Finanzas de la Municipalidad Distrital de Castilla. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente acuerdo, en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Castilla: http://www.municastilla.gob.pe. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JOSÉ E. AGUILAR SILVA Alcalde 2070481-1 Aprueban por mayoría otorgar autorización y viáticos a regidores para participar en pasantía y evento a realizarse en México ACUERDO DE CONCEJO Nº 30-2022-CDC Castilla, 28 de abril del 2022 EL ALCALDE DISTRITAL DE CASTILLA: POR CUANTO: El Concejo Distrital de Castilla en Sesión Ordinaria de la fecha; Que, mediante O fi cios Nº 003 y 004-2022-CDC- REGIDORES, los Sres. Regidores; Albania Margarita Facundo Aguilar y Karin Inés Oriundo Salazar y Carlos Alberto López Meza, presentan la solicitud de invitación de la Secretaria Regional AMPE - Arequipa, y el CONAREP, quien está organizado la pasantía y la “ll Exposición Internacional Maravilla del Perú en Realidad Virtual en el Municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo - México”., por lo cual solicita la Autorización y Viáticos respectivos para la participación en la dicha pasantía que se realizará los días 01 al 04 de junio del 2022, Municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo – México; y, CONSIDERANDO: Que, con O fi cio Múltiple Nº 009/AMPE-AQP/ CONAREP-INV., la Secretaría Regional AMPE - Arequipa, y el CONAREP, invita a los Señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Castilla, CARLOS ALBERTO LOPEZ MEZA, ALBANIA MARGARITA FACUNDO AGUILAR y KARIN INES ORIUNDO SALAZAR, a participar de la pasantía y la “ll Exposición Internacional Maravilla del Perú en Realidad Virtual en el Municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo - México”. Que, la Pasantía en mención se llevará a cabo del 01 al 04 de junio del 2022 en el Municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo - México”, siendo su contenido: - Recuperación de espacios públicos. - Manejo de residuos sólidos y economía circular - Proyectos de Gestiòn Turística y desarrollo económico - Cultura Maya y su tradición herbolaria Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Asimismo, en el artículo 195º de la misma Constitución establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Habiendo pedido el regidor CARLOS ALBERTO LOPEZ MEZA, el uso de la palabra, expresa que, siendo los pedidos idénticos, para participar de la pasantía y la “ll Exposición Internacional Maravilla del Perú en Realidad Virtual en el Municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo – México”, Solicita la ACUMULACIÓN DE LOS PEDIDOS.