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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2022 (26/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo Décimo Octavo.- INCORPORAR a la Ordenanza Nº 479-MDSMP - Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y al Cuadro Único de Infracciones, Sanciones (CUIS) y medidas complementarias de la Municipalidad de San Martín de Porres, las siguientes infracciones: 5.2 INFRACCIONES CONTRA EL ORDEN PUBLICO – ORGANO DE INSTRUCCIÓN: SUB GERENCIA DE FISCALIZACION COD. INFRACCION SANCIONMulta Expresa en %UITESCALAMEDIDA COMPLEMENTARIAMulta Expresa en S/. 5.2.12Por permitir o tolerar el titular, propietario o quien haga sus veces y/o conductor de establecimientos, obras en proceso de edifi cación y vehículos de transporte público, la realización de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar los genitales, en contra de una u otras personas en especial de mujeres, niñas, niños y adolescentes, por parte de personal a su cargo.MULTA 100% MGClausura Temporal y/o paralización de obra, según sea el casoS/ 4,600.00 5.2.13Por realizar actos de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar los genitales en contra de una u otras personas, en especial de mujeres, niñas, niños y adolescentes; en espacios públicos.MULTA 100% MG --- S/ 4,600.00 5.2.14Por permitir o tolerar el titular, propietario o quien haga sus veces y/o conductor de establecimientos, obras en proceso de edifi cación y vehículos de transporte público; todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial de mujeres, niñas, niños y adolescentes, por parte de personal a su cargo.MULTA 50% GClausura Temporal y/o paralización de obra. S/ 2,300.00 5.2.15Por realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial de mujeres, niñas, niños y adolescentes; en los espacios públicos.MULTA100% G --- S/ 4,600.00 5.2.16Por no seguir los lineamientos técnicos de medición, respecto a la colocación de carteles que contengan la prohibición del acoso sexual en establecimientos, obras en proceso de edifi cación y vehículos de transporte público, conforme lo establecido en el artículo décimo primero de la presente ordenanza.MULTA 20% MClausura Temporal y/o paralización de obra. S/ 920.00 5.2.17Por no colocar carteles que prohíban el acoso sexual en establecimientos, obras en proceso de edi fi cación y vehículos de transporte público conforme a lo establecido en el artículo noveno de la presente ordenanza.MULTA 20% MClausura Temporal y/o paralización de obra. S/ 920.00 Artículo Décimo Noveno.- MEDIOS DE PRUEBA Los medios de prueba que acreditan los actos de acoso sexual para la presente ordenanza son: Las grabaciones de audio y video derivados de las acciones de prevención y vigilancia por parte de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; las grabaciones de audio y video aportadas por la propia víctima, la denuncia propia del hecho, la manifestación de testigos y otras pruebas similares. Artículo Vigésimo.- SUJETOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Cualquier persona, nacional o extranjera es pasible de ser sancionada administrativamente por la comisión de conductas infractoras previstas en la presente ordenanza sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que pudiesen acontecer, por tanto, se constituyen en sujetos de responsabilidad administrativa: a. El titular, propietario o quien haga sus veces del establecimiento que desarrolla actividades económicas u otras, de la obra en proceso de edi fi cación y de la empresa de transporte público. b. El conductor del establecimiento que desarrolla actividades económicas u otras, de la obra en proceso de edi fi cación y de la empresa de transporte público. c. El acosador. Artículo Vigésimo Primero.- SANCIONES ADMINISTRATIVAS Las sanciones administrativas descritas en el Artículo Décimo Octavo de la presente ordenanza, son procesadas conforme al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobado por la Ordenanza Nº 479-MDSMP. Artículo Vigésimo Segundo.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Toda persona que se sienta afectada por el incumplimiento de la presente norma está facultada a formular denuncia ante la Gerencia de Fiscalización y Transporte, quien considerará dar inicio de las acciones de investigación, la declaración