TEXTO PAGINA: 54
54 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo 43. Funciones de las Intendencias Regionales Son funciones de las Intendencias Regionales las siguientes: a) Efectuar, en el ámbito de su competencia, la ejecución de las políticas, planes y normas institucionales; así como, dirigir la ejecución de los mismos en las unidades de organización a su cargo. b) Formular y proponer normas para el cumplimiento de sus funciones, en el ámbito de su competencia, en coordinación con la Dirección de Inteligencia Inspectiva y la Dirección de Prevención y Promoción, según corresponda. c) Velar, en el ámbito de su competencia, por el adecuado funcionamiento del Sistema de Inspección del Trabajo. d) Ejecutar el Plan Anual de Inspección de Trabajo, en el ámbito de su competencia, y dirigir la ejecución del mismo en las unidades de organización a su cargo, en coordinación con los gobiernos regionales, según corresponda. e) Conducir los registros de carácter administrativo para la generación de información y estadística del Sistema de Inspección del Trabajo. f) Elevar al Tribunal de Fiscalización Laboral los recursos de revisión. g) Custodiar y gestionar el archivo de la documentación generada por la Intendencia de acuerdo a los lineamientos internos de la entidad. h) Remitir a las unidades de organización de la SUNAFIL la información que le sea requerida y otras que le sean de su competencia. i) Ejecutar el Plan Anual de Prevención y Promoción de Trabajo del Sistema de Inspección del Trabajo, en el ámbito de su competencia, y dirigir la ejecución del mismo en las unidades de organización a su cargo, en coordinación con los gobiernos regionales, según corresponda. j) Remitir información al Ministerio Público sobre la presunta existencia de ilícitos penales que se adviertan durante el desarrollo de las actuaciones inspectivas, procedimiento administrativo sancionador u otro procedimiento en el ámbito de sus competencias. k) Gestionar ante la Dirección de Inteligencia Inspectiva la designación de peritos requeridos para las actuaciones inspectivas. l) Dirigir, en el ámbito de su competencia, la ejecución de las acciones previas; las actuaciones inspectivas; las acciones de orientación; la fase instructora y sancionadora de las unidades de organización a su cargo. m) Resolver, en el ámbito de su competencia, los recursos de apelación que se interpongan a los pronunciamientos del otorgamiento de constancia de cese. n) Cumplir los estándares de calidad y otros que sean relevantes, para el adecuado funcionamiento de los servicios, en el ámbito territorial. ñ) Resolver en segunda instancia el procedimiento administrativo sancionador, así como los recursos impugnatorios. o) Efectuar, en el ámbito de su competencia, las acciones para la implementación del Sistema de Control Interno. p) Formular, en coordinación con la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y ejecutar los convenios de cooperación interinstitucional con los gobiernos regionales y con entidades públicas o privadas, en el marco de su competencia. q) Emitir opinión técnica en materia de su competencia. r) Las demás funciones que le asigne la Superintendencia, en el ámbito de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa. 2071417-12TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Asesora II-Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2022 MTC/01 Lima, 26 de mayo de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II- Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ELSA GABRIELA NIÑO DE GUZMAN CHIMPECAM, en el cargo de Asesora II-Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones 2071400-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Modifican el literal e) del subnumeral 6.1.1 del numeral 6.1 del acápite VI de la Directiva General N° 014-2021-VIVIENDA-DM “Disposiciones que regulan la Gestión Documental en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, aprobada por R.M. N° 283-2021-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 148-2022-VIVIENDA Lima, 25 de mayo de 2022VISTOS:El Informe N° 012-2022-VIVIENDA/SG-OGDA de la O fi cina de Gestión Documentaria y Archivo; el Memorándum N° 595-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe N° 121-2022-VIVIENDA/OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 333-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Ministerial N° 283-2021-VIVIENDA, se aprueba la Directiva General N° 014-2021-VIVIENDA-DM, Disposiciones que