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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2022 (31/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Martes 31 de mayo de 2022 El Peruano / Revocan acto de inscripción de renuncia y declaran restablecida la condición de afiliado de ciudadano a la organización política Partido Democrático Somos Perú RESOLUCIÓN Nº 0642-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022007328 YAUYOS - LIMADNROPAPELACIÓN Lima, veinte de mayo de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Jesús Chuquispuma Vega (en adelante, señor recurrente) en contra del acto de inscripción de su renuncia como afi liado a la organización política Partido Democrático Somos Perú, que aparece en el Sistema del Registro de Organizaciones Políticas (SROP), efectuado por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). Oído: el informe oral.PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante el escrito presentado virtualmente el 2 de marzo de 2022 -registrado a nombre del señor recurrente- se solicitó ante la DNROP su renuncia de afi liación a la organización política Partido Democrático Somos Perú. 1.2. En atención a la referida solicitud, la DNROP cambió el estado de a fi liación del señor recurrente, procediendo con la anotación de su renuncia, que aparece en el sistema de consulta detallada de a fi liación e historial de candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional, en el enlace “SROP” 1. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 27 de abril de 2022, el señor recurrente presentó recurso de apelación en contra de la mencionada inscripción de renuncia, a fi n de que se declare nula y se deje sin efecto legal, esencialmente, bajo los siguientes argumentos: a) El 15 de setiembre de 2021 se a fi lió al Partido Democrático Somos Perú, y, a partir de esa fecha, ha venido participando de manera continua y organizada en las diversas actividades partidarias, per fi lándose como precandidato al cargo de alcalde del distrito de Catahuasi, provincia de Yauyos, departamento de Lima. b) Después de haberse convocado a elecciones internas para elegir a los candidatos que participarían en las elecciones municipales de 2022, y luego de registrar su candidatura realizó la consulta de a fi liación en la página web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), y observó con sorpresa que la DNROP registró su renuncia de a fi liación. c) El documento de renuncia ingresado no ha sido elaborado ni presentado de manera presencial o virtual por su persona. Tal hecho implica una suplantación de su identidad, falsi fi cación de su fi rma y otros ilícitos penales, por lo que, el 24 de abril de 2022, presentó la denuncia correspondiente ante la “Comisaría PNP de Catahuasi”, de la División Policial - Cañete, Región Policial Lima, cuya copia certi fi cada adjunta. d) Por lo antes expuesto, niega rotundamente y con plena convicción que la referida renuncia haya sido suscrita por su persona, habiendo un tercero suplantado su identidad para realizar un trámite que es “intuito persona”. 2.2. Mediante escrito presentado el 18 de mayo de 2022, el señor recurrente, solicita que, para el día de la vista de la causa, se le conceda el uso de la palabra al letrado don Uvaldo Pizarro Paico, a efectos de ejercer su derecho de defensa. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 determina: Artículo 2 .- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: [...] 17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. 1.2. El artículo 35 establece que: Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica. […] En la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP) 1.3. Los artículos 18 y 18-A señalan lo siguiente: Artículo 18°.- A fi liación a la organización política Todos los ciudadanos con derecho al sufragio pueden afi liarse libre y voluntariamente a una organización política. […] Artículo 18-A°.- Renuncia La renuncia a la a fi liación se presenta ante la organización política o ante el Jurado Nacional de Elecciones y surte efecto desde la fecha de su presentación. La organización política debe remitir copia de la renuncia al Jurado Nacional de Elecciones. Si el afi liado se encuentra en el extranjero, puede presentarla ante el consulado respectivo. El trámite de renuncia es gratuito. En el Reglamento del ROP 2 1.4. El artículo 123 regula: Artículo 123.- Plazo para Interponer un Recurso Impugnativo Salvo que el presente Reglamento establezca un plazo distinto, todo recurso impugnativo se presenta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la noti fi cación del acto administrativo impugnado, más el término de la distancia, en los casos que corresponda. En caso de que se impugne el contenido de un asiento registral, el plazo de impugnación es de tres (3) meses contados desde la fecha de emisión del asiento. En caso de que se impugne la a fi liación, retiro o renuncia de un ciudadano a una organización política, el plazo para impugnar será de tres (3) meses contado[s] desde la publicación del nuevo estado de afi liación en el SROP [resaltado agregado]. […] 1.5. El artículo 131 precisa: Artículo 131°.- Renuncia a una organización política La renuncia es el acto mediante el cual un ciudadano afi liado a una organización política decide voluntariamente dejar de pertenecer a esta.