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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Martes 8 de noviembre de 2022 El Peruano / g) Igualmente, en el acta que se redacte, deberán consignarse los argumentos centrales de la solicitud de declaratoria de vacancia y su ampliación; los argumentos fundamentales de descargos presentados por la autoridad cuestionada; los medios probatorios ofrecidos por las partes; además de consignar y, de ser el caso, sistematizar los argumentos de los regidores que hubiesen participado en la sesión extraordinaria, así como la motivación y discusión en torno a los elementos que, conforme a la presente resolución, son necesarios para la con fi guración de la causa de vacancia, por infracción a las restricciones de contratación; así como consignar la identi fi cación de las autoridades ediles participantes (fi rma, nombre, DNI), y su voto expreso, especí fi co (a favor o en contra) y fundamentado. h) El acuerdo de concejo que formalice la decisión adoptada deberá ser emitido en el plazo máximo de tres (3) días hábiles luego de realizada la sesión, y debe noti fi carse al señor recurrente y a la autoridad cuestionada, respetando estrictamente las formalidades de los artículos 21 y siguientes del TUO de la LPAG. i) En caso de que se interponga recurso de apelación, se debe remitir el expediente original, salvo el acta de la sesión extraordinaria, que podrá ser cursada en copia certi fi cada por fedatario, dentro del plazo máximo e improrrogable de tres (3) días hábiles luego de su presentación, siendo potestad exclusiva del Jurado Nacional de Elecciones cali fi car su inadmisibilidad o improcedencia. Cabe recordar que todas estas acciones establecidas son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal que corresponda, para que las remita al fi scal provincial penal respectivo, a fi n de que evalúe la conducta de los integrantes del concejo, conforme a sus atribuciones. 2.20. Asimismo, atendiendo a los hechos expuestos por el señor recurrente en su solicitud de vacancia, este Órgano Electoral considera que se deben remitir copias autenticadas de los actuados a la Contraloría General de la República, para que actúe en el marco de sus competencias. 2.21. Finalmente, se precisa que la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.14.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 002- 2022-MDH/CM, del 26 de julio de 2022, que rechazó la solicitud de vacancia presentada por don Melquiades Richard Ramos Chagua en contra de don Edgard Abraham Capcha Pérez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junín, por la causa de infracción a las restricciones de contratación, prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junín, a fi n de que, conforme a lo dispuesto en el literal c del considerando 2.19. de la presente resolución, recabe, en originales o copias certi fi cadas, los siguientes documentos: - Informe de la O fi cina de Logística, en el que se indique si don Wilder Mariscal Espinoza fue contratado por la municipalidad en los años 2019, 2020 y 2021; y, de ser el caso, se señalen y adjunten todas las órdenes de servicios, contratos y términos de referencia que se hayan suscrito con el antes referido. - Informe de la O fi cina de Recursos Humanos, en el que se indique si don Wilder Mariscal Espinoza laboró en la municipalidad en los años 2019, 2020 y 2021.- Informe de la O fi cina de Economía o de quien corresponda, en el que se indique si don Wilder Mariscal Espinoza recibió pagos de parte de la municipalidad en los años 2019, 2020 y 2021; y, de ser el caso, adjunte la documentación que acredite dichos pagos. 3. REQUERIR al Concejo Distrital de Huasahuasi que convoque a sesión extraordinaria, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles luego de la devolución de este expediente, en la que se deberá deliberar respecto a los documentos recabados en el numeral 2 de la parte resolutiva y emitir su voto correspondiente, con estricta observancia de las causas de abstención establecidas en el artículo 99 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 4. DISPONER que el cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 2 y 3 de la parte resolutiva de la presente resolución se realice bajo apercibimiento de remitir copia de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial penal respectivo, para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo conforme a sus competencias. 5. REMITIR copias de los actuados a la Contraloría General de la República y al Ministerio Público para su conocimiento, evaluación y fi nes pertinentes, de conformidad con lo expuesto en el considerando 2.20. de la presente resolución. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2122219-1 MINISTERIO PUBLICO Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 y el Organigrama del Ministerio Público RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2334-2022-MP-FN Lima, 3 de noviembre de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 1685 -2022-MP-FN-GG, de fecha 24 de octubre de 2022, de la Gerencia General, el Informe Nº 0059-2022-MP-FN-GG-OGPLAP-ORACE, de fecha 20 de octubre de 2022, de la O fi cina de Racionalización y Estadística de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el O fi cio N° 01240-2022-MP-FN-OGASEJ,