Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Martes 8 de noviembre de 2022 El Peruano / 2.2. Asimismo, corresponde restablecer, a partir de la fecha indicada, la vigencia de la credencial que reconoce a don José del Carmen Flores Fuentes Rivera como alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, departamento de Lima, la cual se había dejado sin efecto de manera temporal en los términos que indica la Resolución Nº 1203-2022-JNE. 2.3. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, a partir del 1 de agosto de 2022, la credencial otorgada a don Fermín Eutimio Tolentino Román, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, departamento de Lima, conforme a lo dispuso en la Resolución Nº 1203-2022-JNE, del 12 de julio de 2022, quien retornará al cargo de regidor del Concejo Provincial de Cajatambo, departamento de Lima. 2. DEJAR SIN EFECTO, a partir del 1 de agosto de 2022, la credencial otorgada a doña Baneza Diana Ayrahuacho Yanac, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Cajatambo, departamento de Lima, conforme lo dispuso la Resolución Nº 1203-2022-JNE del 12 de julio de 2022. 3. RESTABLECER, a partir del 1 de agosto de 2022, la vigencia de la credencial que le fue otorgada a don José del Carmen Flores Fuentes Rivera como alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, departamento de Lima. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2122506-1 Declaran nulo el Acuerdo de Concejo N° 002-2022-MDH/CM RESOLUCIÓN Nº 4040-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022083731 HUASAHUASI - TARMA - JUNÍNVACANCIAAPELACIÓN Lima, veintiséis de octubre de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Melquiades Richard Ramos Chagua (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo Nº 002-2022-MDH/CM, del 26 de julio de 2022, que rechazó su solicitud de vacancia en contra de don Edgard Abraham Capcha Pérez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junín (en adelante, señor alcalde), por la causa de infracción a las restricciones de contratación, prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista también el Expediente de Traslado Nº JNE.2022008953. Oído el informe oralPRIMERO. ANTECEDENTESSolicitud de vacancia (Expediente de Traslado Nº JNE.2022008953) 1.1. Mediante el escrito presentado el 20 de mayo de 2022, ante el Jurado Nacional de Elecciones, el señor recurrente solicitó el traslado de su solicitud de vacancia que formuló en contra del señor alcalde, por la causa prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la LOM; la cual se sustentó en los siguientes argumentos: a) El 2 de agosto de 2019, el señor alcalde materializó el contrato de locación de servicios con el abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, a fi n de que realice actividades de prestación de servicios a favor de la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, en el ámbito penal, por esta razón ha brindado asesoría jurídica al señor alcalde y a don Elvis Koky Contreras Astete, don Néstor Coronel Barzola, don Hilmer Plácido Tinoco Chávez, doña Mabel Orosco Canchihuamán y don Eber Elio Montalvo Véliz, regidores de la referida comuna, en los hechos investigados en la Carpeta Fiscal Nº 2012-2019, por los delitos de abuso de autoridad y omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, que habrían cometido en el ejercicio de sus funciones en la municipalidad. El vínculo entre el referido abogado y la municipalidad también se evidencia con las Opiniones N. os 058-MDH/2020 y 072-ALE-MDH/2020, del 2 y 23 de octubre de 2020, respectivamente, dirigidas al señor alcalde. b) El 5 de agosto de 2019, en el Expediente Nº 00360- 2019, con un escrito autorizado por don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, el señor alcalde contestó una querella particular, por la comisión del delito contra el honor —difamación agravada—, por hechos ocurridos el 29 de setiembre de 2018, antes de asumir el cargo de alcalde de dicha comuna. c) En tal sentido, señala que el señor alcalde ha utilizado al abogado de la comuna para un proceso particular, procurando un interés personal, en desmedro del interés público propio de su función municipal, lo cual genera un con fl icto de intereses. d) Para tal efecto, solicita que el concejo municipal recabe un informe del jefe de personal de la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, en el que se indique el inicio y término de labores en dicha comuna del abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza. e) Asimismo, solicita se recabe un informe respecto a los pagos realizados por dicha comuna al abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, durante los años 2019, 2020 y 2021. 1.2. Para efectos de acreditar la causa de vacancia, adjuntó los siguientes documentos: a) Copias de las actas de información de derechos y deberes del imputado del señor alcalde y don Eber Elio Montalvo Véliz; así como la declaración del señor alcalde, respecto a los hechos investigados en la Carpeta Nº 2012-2019, en los que participa don Wilder Domingo Mariscal Espinoza. b) Las Opiniones N. os 058-MDH/2020 y 072-ALE- MDH/2020, del 2 y 23 de octubre de 2020, suscritas por don Wilder Domingo Mariscal Espinoza.