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50 NORMAS LEGALES Martes 8 de noviembre de 2022 El Peruano / En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación […] [resaltado agregado]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETOSobre la acumulación de expedientes2.1. Los artículos 84, 85 y 88 del TUO del CPC (ver SN 1.2., 1.3. y 1.4.), de aplicación supletoria a los procesos sustanciados en el fuero electoral, establecen la posibilidad de acumular procesos de o fi cio, ante la conexión de las pretensiones formuladas, a fi n de que una sola resolución evite pronunciamientos jurisdiccionales opuestos. 2.2. En el presente caso, se advierte una evidente vinculación entre los Expedientes N. os JNE.2022071438, JNE.2022071469 y JNE.2022071480, toda vez que se trata de solicitudes de convocatoria de candidatos no proclamados para completar el Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín, debido a las licencias concedidas al señor alcalde y los señores regidores. 2.3. Así las cosas, atendiendo, además, a los principios de economía y celeridad procesal, corresponde acumular los mencionados expedientes con el propósito de emitir un solo pronunciamiento en dichas causas. Sobre la regidora autorizada María del Rosario Ormaeche de Torres 2.4. De la revisión de la documentación obrante en autos, se aprecia el O fi cio Nº 007-2022-SG/MPT, del 15 de agosto de 2022, por medio del cual, el señor recurrente, informó respecto del Acuerdo de Concejo Nº 098-2022-CMT, que autorizó la licencia sin goce de haber (dieta) solicitada por la regidora. María del Rosario Ormaeche de Torres . 2.5. Asimismo, el referido acuerdo de concejo adjunto al ofi cio determinó autorizar la licencia sin goce de haber (dieta) solicitada por la regidora María del Rosario Ormaeche de Torres con e fi cacia a partir del 2 de setiembre por los siguientes treinta (30) días, por motivo de su participación en las ERM 2022. 2.6. Sin embargo, de la revisión del Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Tarma, departamento de Junín, del 22 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tarma, se aprecia que se proclama como regidor provincial 1 de la Municipalidad Provincial de Tarma, a doña María del Rosario Rodríguez de Torres , identi fi cada con DNI Nº 21067367. 2.7. Tal como se puede apreciar, los apellidos de la regidora consignados tanto en el o fi cio remitido, así como en el Acuerdo de Concejo adjunto, no coinciden plenamente con los apellidos consignados en el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Tarma. 2.8. En ese sentido, a fi n de garantizar el acceso a la justicia electoral, respetando los principios de concentración, celeridad y economía procesal que rigen a todo proceso electoral, el cual además se caracteriza, entre otros, por tener etapas preclusivas y plazos perentorios que deben observarse, además de actividad concentrada, pues es deber de los organismos electorales procurar la pronta proclamación de resultados de los comicios, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral verifi car, previo a emitir pronunciamiento respecto a si corresponde convocar a un candidato no proclamado a fi n que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Tarma, si la identidad de la candidata autorizada, efectivamente corresponde a la identidad de la persona elegida como regidor provincial 1 del Concejo Provincial de Tarma, utilizando para ello, la información pública contenida en el sistema electoral. 2.9. Dicho esto, de la revisión de los datos personales de la Regidora Provincial 1 de la Municipalidad Provincial de Tarma, consignados en su Declaración Jurada de Hoja de Vida presentada en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 (en adelante, ERM 2018), se veri fi ca como número de DNI, el 21067367; haber nacido en el distrito y provincia de Tarma, departamento de Junín; y, domiciliar en jr. Leoncio Prado Nº 237, distrito y provincia de Tarma, departamento de Junín, tal como se aprecia en la siguiente imagen: PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES