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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (19/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Sábado 19 de noviembre de 2022 El Peruano / Quinta.- Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decretos de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación oportuna y adecuada de la presente ordenanza. Sexta.- Otórguese el plazo, conforme a los previsto en la Ley Nº 30884, para que los titulares de las autorizaciones para el expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales se adecuen a lo dispuesto en el artículo 33º de la presente ordenanza. Sétima.- El microempresario portara permanentemente un carné de identi fi cación, otorgado por la asociación y/o organización a la que pertenece. Octava .- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Novena .- Para efectos de cualquier vacío a lo contemplado en la presente ordenanza, deberá aplicarse de manera supletoria los dispositivos legales vigentes.Décima - Disponer conforme al TUPA su procedimiento en la Ordenanza 459-MDSMP. Décima Primera .- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a las instancias correspondientes de acuerdo a sus funciones y competencias. Décima Segunda.- Dispóngase a la Secretaría General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; y a la Secretaría General la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHÁVEZ CHIONG Alcalde ANEXO 1 TABLA DE INFRACCIONES LUSTRADORES DE CALZADO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CODIGO INFRACCION MULTATIPO DE INFRACCIONMEDIDAD COMPLEMENTARIA NC3-28POR INSTALAR UN MODULO EN LA VIA PUBLICA SIN AUTORIZACION MUNICIPAL20 % UIT LEVEDECOMISO Y RETIRO DEFINITIVO DEL MODULO NC3-29POR NO RESPETAR SU UBICACIÓN TEMPORALMENTE ASIGNADA POR LA MUNICIPALIDAD10 % UIT LEVERETIRO TEMPORAL POR (30) DIAS. POR SEGUNDA VEZ SUSPENSION DEFINITIVA DEL MODULO NC3-30POR NO CONVSERVAR LAS CARACTERISTICAS DEL MODULO AUTORIZADO5 % UIT LEVESUSPENSION TEMPORAL POR (30) DIAS NC3-31POR NO MANTENER LIMPIO EL MODULO DEL LUSTRADOR DE CALZADO 5 % UIT LEVESUSPENSION TEMPORAL POR (30) DIAS NC3-34POR NO USAR EL UNIFORME REGLAMENTARIO NI MANTENER EL NECESARIO ASEO PERSONAL5 % UIT LEVESUSPENSION TEMPORAL POR (30) DIAS NC3-37 POR CONDUCIR MAS DE UN MODULO 20 % UIT LEVEDECOMISO Y SUSPENSION DEFINITIVA DEL MODULO NC3-38ARRENDAR, TRANSFERIR Y/O VENDER EL MODULO UNA VEZ OTORGADA LA AUTORIZACION MUNICIPAL30 % UIT LEVEDECOMISO Y SUSPENSION DEFINITIVA DEL MODULO NC3-39DESARROLAR UNA ACTIVIDAD DISTINTA A LA AUTORIZADA10 % UIT LEVESUSPENSION TEMPORAL POR (30) DIAS. POR SEGUNDA VEZ SUSPENSION DEFINITIVA DEL MODULO NC3-40POR REALIZAR ACTIVIDAD COMERCIAL SIN RESPETAR LOS PROTOCOLOS SANITARIOS ESTABLECIDOS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE30 % UIT GRAVEDECOMISO Y SUSPENSION DEFINITIVA DEL MODULO 2126673-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Declaran al Señor de los Milagros de Tambo Inga – Puente Manchay como Protector Divino del Valle de Pachacámac DECRETO DE ALCALDÍA N° 016-2022-MDP/A Pachacámac, 17 de noviembre del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”. Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal ”. Que, el Distrito de Pachacámac expresa su profunda fe religiosa, motivo por el cual la Imagen del Señor de los Milagros recorre las calles de la ciudad y centros poblados observando un profundo recogimiento religioso; Que, el SEÑOR DE LOS MILAGROS DE TAMBO INGA – PUENTE MANCHAY – PACHACÁMAC