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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (19/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Sábado 19 de noviembre de 2022 El Peruano / Municipal, inclusive antes del plazo de vencimiento, por estrictas razones de interés y orden público, seguridad ciudadana, ordenamiento urbano y desarrollo de la inversión privada y/o pública, remodelación de la vía y otras circunstancias determinantes. Se denegará la Autorización Municipal a quien no cumpla con uno de los requisitos establecidos en el artículo 14º de la presente Ordenanza. Artículo 26º.- CAUSAS DE REVOCATORIA Son los siguientes: a) La declaración de datos inexactos y documentación falsa. b) No respetar la ubicación temporalmente autorizada por la Municipalidad. c) No respetar el horario y/o giro autorizado por la Autoridad Municipal. d) La comercialización de productos que afecten la salud pública. e) La transferencia, alquiler, cesión de uso, usufructo o bajo cualquier modalidad de transferencia, la autorización municipal, la actividad comercial, la ubicación y/o el inmobiliario. f) Contravenir las normas municipales en materia de seguridad, higiene, ornato y salubridad. g) Permitir que menores de edad realicen o ejerzan actividades comerciales en el módulo autorizado, sin evaluación conforme el artículo 19. h) Una familia nuclear tenga más de dos autorizaciones. La revocatoria de la autorización municipal para el desarrollo del giro autorizado en el espacio público, se aplicará de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modi fi catorias, noti fi cándose previamente al comerciante autorizado para que presente su descargo en el plazo de cinco (05) días hábiles. Artículo 27º.- CESE DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL Las autorizaciones municipales temporales otorgadas cesarán antes del cumplimiento de su vigencia, en los siguientes supuestos: a) A solicitud expresa del lustrador de calzado. b) Por fallecimiento del titular. El lustrador de calzado autorizado, mediante comunicación simple, informa a la Municipalidad el cese de la actividad económica, dejándose sin efecto la autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial e el espacio público. Dicha comunicación surte efecto al momento de ser presentada, lo cual deja sin efecto la autorización municipal. El órgano competente podrá de o fi cio declarar el cese de la actividad comercial en el espacio público cuando se acredite la falta de uso y aprovechamiento del mismo, durante (15) quince días calendarios, sin haber solicitado permiso a la autoridad municipal para ausentarse, lo cual estará debidamente acreditado por los informes del personal inspector. Artículo 28º.- ORDEN DE PRELACIÓN En caso de fallecimiento del lustrador de calzado autorizado, de forma excepcional y dentro de treinta (30) días calendarios posteriores al deceso, su cónyuge o conviviente, podrá solicitar de manera excepcional y por única vez, cambio de titularidad, debiendo presentar la documentación respectiva que acredite vínculo familiar con el fallecido. En caso de abandono, renuncia del titular podrá solicitar el ayudante el cambio de titularidad previo informe de FENTRALUC y autorización de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización. De no solicitarse el cambio de titularidad, dentro del plazo fi jado en la presente Ordenanza, el espacio público será recuperado y puesto al servicio y disfrute de la comunidad, y se dará por cancelada de fi nitiva la autorización municipal temporal otorgada.Artículo 29º.- PLAZO PARA OTORGAR AUTORIZACIÓN MUNICIPAL El plazo que tiene la autoridad municipal para expedir la autorización municipal para el desarrollo de la actividad en la vía pública como lustrador de calzado, será no mayor a 30 días hábiles contados desde la fecha de presentación de la solicitud, si el solicitante ha cumplido con lo dispuesto en la presente ordenanza, transcurrido el plazo señalado opera el silencio administrativo positivo. No obstante, lo señalado, el lustrador de calzado y/o administrado podrá presentar una Declaración Jurada ante la Subgerencia de Promoción Empresarial y Comercialización, que con fi guro dicha aprobación fi cta, con la fi nalidad de hacer valer su derecho ante la misma autoridad u otras o ante el inspector municipal en su labor de fi scalización. TÍTULO IV DE LAS NORMAS DE COMERCIALIZACIÓN Artículo 30º.- DE LOS UNIFORMES Los conductores de los módulos de lustrador de calzado deberán cumplir con las normas de higiénicas sanitarias vigentes. De igual manera, deberán usar obligatoriamente el uniforme que distinga su actividad, con las siguientes características: 32.1 Uniforme de Verano Camisa: Manga corta o chaleco color rojoPantalón: color azul marinoGorro: color rojoZapatos: color negro32.2 Uniforme de InviernoCamisa: Manga larga, casaca o chaleco color rojoPantalón: color azul marinoGorro: color rojoZapatos: color negro Artículo 31º.- DE LOS TURNOS Y HORARIOS El ejercicio de lustrador de calzado se realizará en UN (01) turno y en los horarios siguientes: • Turno Diario: 06:00 am - 09:00 pm.Artículo 32º.- DE LOS MÓDULOS Los trabajadores lustradores de calzado deberán respetar la medida y diseño de los módulos: 1. Módulo de un Asiento : Largo 0.95 m, Ancho o Fondo 1.00 m, Alto 2.60 m 2. Módulo de dos Asientos : Largo 1.80 m, Ancho o Fondo 1.00 m, Alto 2.60 m 3. Módulo de tres Asientos : Largo 2.40 m, Ancho o Fondo 1.00 m, Alto 2.60 m TÍTULO V DE LOS PROGRAMAS DE FORMALIZACIÓN Artículo 33º.- FINALIDAD La Municipalidad de San Martin de Porres, en el marco de la Ley Nº 27475 y su modi fi catoria, implementará programas y proyectos de emprendimientos y formalización empresarial, con la fi nalidad de impulsar la formalización como micro empresas. Artículo 34º.- ESTRUCTURA Las Asociaciones de Lustrador de Calzado reconocidas por la Municipalidad están obligadas a promover y presentar sus proyectos de emprendimiento y formalización, los cuales deberán contener la siguiente información: a) Resumen. b) Objetivo General y Especí fi cos. c) Ubicación y características técnico - legales del proyecto. d) Inversión total.e) Número de personas involucradas en el proyecto.f) Financiamiento del proyecto.g) Cronograma de actividades y plazos.