TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Martes 22 de noviembre de 2022 El Peruano / Modifican el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2366-2022-UNI Lima, 17 de noviembre de 2022Visto el O fi cio Nº 517-2022-VA/UNI de fecha 15 de setiembre de 2022 del Vicerrectorado Académico y el Ofi cio Nº 2022-2022-OCAL-UNI de fecha 03 de octubre de 2022 de la O fi cina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 57º, Numeral 57.2, de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece como una de las atribuciones de la Asamblea Universitaria: “ Reformar los estatutos de la universidad con la aprobación de por lo menos dos tercios del número de miembros, y remitir el nuevo Estatuto a la SUNEDU ”; Que, con O fi cio Nº 517-2022-VA/UNI de fecha 15 de setiembre de 2022, el Vicerrectorado Académico trasladó al Despacho del Rectorado el Acuerdo Nº 001 de la Sesión Nº 001-2022 de la Comisión de Reforma Estatutaria de la UNI, llevada a cabo el 26 de agosto de 2022, respecto a la propuesta de modi fi cación de la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI: ACUERDO Nº 001: Se acordó por unanimidad aprobar el texto de Modi fi cación Parcial a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería cuyo texto es el siguiente: “QUINTA.- Las Empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería son personas jurídicas de derecho privado constituidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades bajo la forma de sociedades anónimas cerradas, en las cuales la Universidad tiene la mayoría del accionariado. El Rector preside el directorio de las empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería y de la Junta General de Accionistas, designa al Gerente General y está facultado para invitar a los vicerrectores y decanos a formar parte de los directorios de las empresas. El Rector alternativamente puede proponer que sea una empresa de prestigio la búsqueda y evaluación de ejecutivos, la que se encargue de seleccionar al Presidente del Directorio, Presidente de la Junta General de Accionistas, miembros del Directorio y Gerente General (...)” Que, mediante O fi cio Nº 2022-2022-OCAL-UNI de fecha 03 de octubre de 2022, la O fi cina Central de Asesoría Legal, respecto a la modi fi cación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI, recomendó la siguiente redacción: “La Universidad Nacional de Ingeniería es representada por el Rector ante la Junta General de Accionistas y del directorio de la sociedad en las que cuenta con accionariado y/o participación. Asimismo, se encuentra facultado de proponer ante las empresas, a los vicerrectores y decanos, como directores de la sociedad. El Rector, alternativamente, puede proponer que una empresa de prestigio realice la búsqueda y evaluación de ejecutivos, para la selección del Presidente de Directorio, miembros del Directorio y Gerente General. Lo expuesto en la presente disposición podrá aplicarse siempre y cuando no contravenga el estatuto de las sociedades en las que la UNI tenga accionariado y sea aprobado por la Junta General de Accionistas y/o el Directorio, según corresponda.” Que, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Virtual Nº 18 de fecha 21 de octubre de 2022 acordó por mayoría aprobar la propuesta de modi fi cación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI, presentada por la O fi cina Central de Asesoría Legal; Que, la Asamblea Universitaria en Sesión Extraordinaria Nº 07 de fecha 07 de noviembre de 2022 sometió a votación la propuesta de modi fi cación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI, presentada por la O fi cina Central de Asesoría Legal, la cual fue debatida y reformulada por los miembros de la Asamblea Universitaria; aprobándose por “unanimidad” la modi fi cación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI con el siguiente texto: QUINTA.- Las Empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería son personas jurídicas de derecho privado constituidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades, bajo la forma de sociedades anónimas cerradas, en las cuales la Universidad tiene la mayoría del accionariado. La Universidad Nacional de Ingeniería es representada por el Rector ante la Junta General de Accionistas y el directorio de las sociedades en las que cuenta con accionariado y/o participación. Asimismo, se encuentra facultado de proponer ante las empresas, a docentes de la Universidad Nacional de Ingeniería, que cumplan con el per fi l idóneo y de reconocido prestigio, previamente aprobado por el Consejo Universitario, como directores de la sociedad. El Rector, alternativamente, puede proponer que una empresa de prestigio realice la búsqueda y evaluación de ejecutivos, para la selección del Presidente del Directorio y miembros del Directorio. Lo expuesto en la presente disposición podrá aplicarse siempre y cuando no contravenga el estatuto de las sociedades en las que la Universidad Nacional de Ingeniería tenga accionariado y sea aprobado por la Junta General de Accionistas y/o el Directorio, según corresponda. (...) Estando a lo aprobado por la Asamblea Universitaria en Sesión Extraordinaria Virtual Nº 07 de fecha 07 de noviembre de 2022, de conformidad con lo establecido en los Artículos 14º y 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, y en concordancia con el Artículo 57º, Numeral 57.2, de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, en los términos siguientes: QUINTA.- Las Empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería son personas jurídicas de derecho privado constituidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades, bajo la forma de sociedades anónimas cerradas, en las cuales la Universidad tiene la mayoría del accionariado. La Universidad Nacional de Ingeniería es representada por el Rector ante la Junta General de Accionistas y el directorio de las sociedades en las que cuenta con accionariado y/o participación. Asimismo, se encuentra facultado de proponer ante las empresas, a docentes de la Universidad Nacional de Ingeniería, que cumplan con el per fi l idóneo y de reconocido prestigio, previamente aprobado por el Consejo Universitario, como directores de la sociedad. El Rector, alternativamente, puede proponer que una empresa de prestigio realice la búsqueda y evaluación de ejecutivos, para la selección del Presidente del Directorio y miembros del Directorio. Lo expuesto en la presente disposición podrá aplicarse siempre y cuando no contravenga el estatuto de las sociedades en las que la Universidad Nacional de Ingeniería tenga accionariado y sea aprobado por la Junta General de Accionistas y/o el Directorio, según corresponda. La designación de los demás representantes de la Universidad a la Junta de Accionistas de la empresa de