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143 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de noviembre de 2022 El Peruano / espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014- PCM, se resuelve aprobar la Estrategia Nacional para la interdicción de la minería Ilegal, con el objeto de erradicar los principales enclaves de la minería ilegal y reducir signi fi cativamente los delitos conexos a esa actividad, entre ellas, la trata de personas, evasión tributaria, daño ecológico, y otros, en todo el territorio nacional. La presente norma es de aplicación en concordancia con los Decretos Legislativos Nº 1100, Decreto Legislativo 1105 y el Decreto Legislativo 1101, que establecen disposiciones para la lucha contra la minería ilegal; Que, de conformidad a la base referencial de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, se ha establecido, dentro del Departamento de Áncash y especí fi camente dentro de la jurisdicción de nuestro distrito, persisten un número signi fi cativo de actividades mineras entre exploración, explotación, y bene fi cio que no cuentan con autorización de la autoridad competente, así como actividades que se viene desarrollando en zonas restringidas expresamente establecidas por norma; Que, conforme lo ha establecido el Artículo 14º de la Ley Nº 27651 - Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1040, se establece que “Los gobiernos regionales tienen a su cargo la fi scalización, sanción y demás facultades que les han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización, de quienes ejercen actividad minera cumpliendo con las tres condiciones previstas en el Artículo 91º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, se encuentren o no acreditados como Pequeños Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales ante la Dirección General de Minería. La formalización y demás acciones que correspondan respecto de la minería informal también están a cargo de los Gobiernos Regionales”; sin, embargo, al existir autonomía dentro de nuestra jurisdicción, corresponde establecer parámetros estrictos y adicionales a efecto de cautelar nuestro medio ambiente y la salud de los pobladores dentro de nuestra jurisdicción; Que, el objetivo, de esta ordenanza es, que se ponga parámetros medioambientales, técnicos y otros, a efectos de que cualquier explotación o similar tengo una doble fi scalización de sus diferentes aspectos como son exploración, bene fi cio, minería artesanal y otros similares, mediante el cual declare prioridad, la lucha frontal contra la minería Ilegal en nuestro Distrito de Cotaparaco, así como hacer frente a los delitos y/o crímenes conexos a la minería ilegal, tales como evasión de impuestos, explotación laboral, trata de personas, lavado de activos, entre otros. Para tal fi n, se propone declarar de prioridad distrital la lucha contra la minería Ilegal en el Distrito de Cotaparaco, Provincia de Recuay, Región de Áncash, acción enmarcada en promover e incentivar el proceso de formalización minera integral, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 31007 - Ley que Reestructura la Inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera de Personas Naturales o Jurídicas que se encuentren desarrollando las actividades de Exploración o Bene fi cio en el Segmento de Pequeña Minería y Minería Artesanal, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-EM; así también, con la Ley Nº 27972; Que, en uso de sus facultades, ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- DECLARAR de Prioridad Distrital la Lucha Contra la Minería Ilegal, dentro de la jurisdicción del Distrito de Cotaparaco, Provincia de Recuay, Departamento de Áncash y contribuir en hacer frente a los delitos y/o crímenes conexos a la minería ilegal, tales como evasión de impuestos, explotación laboral, trata de personas, lavado de activos, impacto ambiental, entre otros, de conformidad al Decreto Legislativos Nº 1100, Decreto Legislativo Nº 1105 y el Decreto Legislativo Nº 1101, y normas conexas, que establecen disposiciones para la lucha contra la minería ilegal. Artículo Segundo.- DISPONER que en coordinación, con el área de alcaldía e infraestructura de la Municipalidad Distrital de Cotaparaco, implementen acciones, medidas y/o actividades que permitan fortalecer el proceso de formalización minera integral, en marco a lo establecido por la Ley Nº 31007 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-EM, así como establezcan mecanismos de cooperación institucional con las instituciones que tengan competencia y/o incidencia en la regulación de actividades mineras, cuidado del medio ambiente, aprovechamiento de los recursos naturales e interdicción; así mismo, exhortar en un plazo de 7 días naturales, la presentación de toda la documentación que les faculta ya sea exploración, explotación, bene fi cio y otros, ante nuestra comuna edil, bajo apercibimiento de ser denunciados ante la fi scalía correspondiente e iniciar acciones diversas inherentes a esta comuna edil. Artículo Tercero.- DISPONER, que, todas las empresas, personas naturales u otros que realicen actividades dentro de nuestra jurisdicción, deberán, requerir licencia de funcionamiento, inspección técnica, conformidad, opinión legal y todo el requisito que establece la comuna edil, entre ellos pago por dicho concepto, todo ello bajo apercibimiento de clausura y multa, de 5 UIT. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento de la presente Ordenanza Municipal, a todas las áreas, autoridades y demás instancias competentes, a fi n de tomar las acciones de Ley, conforme a sus competencias y atribuciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la SECRETARIA GENERAL, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de esta comuna edil, conforme a los dispuesto en el artículo 20 y 39 de la LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY Nº 27972. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. YOEL E. YTA QUIJANO Alcalde 2127131-1 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES