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186 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto en el diario o fi cial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional publicar el íntegro del “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos 2023 – 2027”, en el portal institucional (web.munisjl.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ÁLEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2128123-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 470/MDSM San Miguel, 22 de noviembre de 2022EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;POR CUANTO El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión de fecha 22 de noviembre de 2022. VISTOS, el memorando Nº 1182-2022-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 343-2022-OAJ/MDSM, emitido por la O ficina de Asesoría Jurídica, el memorando Nº 1309-2022-OEC/MDSM, emitido por la O ficina de Ejecución Coactiva, el informe Nº 470-2022-SGICS-GESECI/MDSM, emitido por la Subgerencia de Inspección y Control de Sanciones, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi ficado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú dispone que las Municipalidades son competentes para crear, modi ficar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; señalándose, asimismo, que mediante ordenanzas se crean, modi fican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, en el artículo 46º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades se reconoce que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, disponiendo que a través de las ordenanzas se determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, el numeral 2) del artículo 69º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son rentas municipales, las multas creadas por los Concejos Municipales, los que constituyen sus ingresos propios;Que, mediante Ordenanza Nº 398/MDSM, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital San Miguel; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos Nºs. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA, 025-2021-SA, 003-2022-SA y 015-2022-SA, hasta el 24 de febrero de 2023; Que, por el Decreto Supremo Nº 130-2022-PCM, publicado el 27 de octubre de 2022 en el Diario O ficial “El Peruano”, se derogó el Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social; así como, los Decretos Supremos Nº 030-2022-PCM, Nº 041-2022-PCM, Nº 058-2022-PCM, Nº 063-2022-PCM, Nº 069-2022-PCM, Nº 076-2022-PCM, Nº 092-2022-PCM, Nº 108-2022-PCM y Nº 118-2022-PCM los cuales disponen sus prórrogas y modi ficaciones; Que, en el contexto actual, los agentes económicos buscan resurgir ante el apalancamiento que trajo como consecuencia la COVID-19, no obstante, según los comunicados o ficiales del MINSA, se viene evaluando la restitución de algunas medidas como el uso de mascarillas y el distanciamiento, ello por el incremento de casos a nivel nacional en la primera quincena de noviembre, ante esta incertidumbre por la que atraviesa el país, la cual también impacta en el nivel económico, puesto que nuestros administrados por los motivos propios de la pandemia, la crisis económica y política, vienen expresando su preocupación y malestar por el retraso o falta de cumplimiento de sus obligaciones administrativas, que son generadas por la difícil situación que sensibiliza al país, lo que agudiza la necesidad de otorgar medidas extraordinarias que faciliten dicha regularización; Que, es política de la Municipalidad de San Miguel, el brindar a sus vecinos las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones, con la finalidad de coadyuvar en el proceso de reanudación de las actividades económicas y continuar con la política de flexibilización, contribuyendo en la reducción de las consecuencias económicas que les podrían generar a los administrados del distrito con las medidas extraordinarias que pueda adoptar el gobierno nacional, por lo ya expuesto; Que, mediante el informe de vistos, la Subgerencia de Inspección y Control de Sanciones, propone otorgar facilidades y pone a consideración el proyecto final de Ordenanza que aprueba el “Bene ficio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas en el Distrito de San Miguel”, el mismo que considera las sugerencias y comentarios de las diversas áreas involucradas en el referido proyecto, adjuntando la exposición de motivos correspondiente, contemplando bene ficios como: descuento en el monto insoluto de las multas administrativas; extinción de costas y gastos procesales del procedimiento de cobranza coactiva, de todas aquellas multas administrativas que sean canceladas al contado; Que, mediante el memorando de vistos, la O ficina de Ejecución Coactiva, remitió la opinión técnica favorable sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el “Bene ficio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas en el Distrito de San Miguel”, destacando que el objetivo de dicha propuesta es otorgar a los administrados facilidades de pagos, a fin que los mismos cumplan con sus obligaciones, lográndose así flexibilizar las posibilidades a los vecinos y agentes económicos del distrito, con la finalidad que regularicen su deuda; Que, mediante informe de vistos, la O ficina de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Bene ficio Extraordinario de Regulación de Deudas No tributarias por concepto de Multas Administrativas en el Distrito de San Miguel; Que, mediante memorando de vistos, la Gerencia Municipal, contando con la conformidad de la O ficina de