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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 183

183 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2025. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a las entidades públicas de los tres niveles de gobierno que se encuentran en el territorio, a efectuar la revisión, concordancia y adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales con el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2025. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los veinte y cinco días del mes de agosto del año dos mil veintidós. LAND BARBARÁN LA TORRE PresidenteConsejero Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 12 SEP. 2022 ANGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ Gobernador Regional (P) 2105159-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan el plazo del vencimiento de la Ordenanza N° 636/MDC “Ordenanza que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.) y Beneficios de Descuentos de Multas Administrativas” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2022-MDC Comas, 27 de octubre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Memorando Nº 665-2022-GFYT/MDC, de la Gerencia de Fiscalización y Transporte, el Informe Nº 21-2022-SGSECA-GFT/MDC, de la Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa; el Informe Nº 697-2022-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; sobre la prórroga de la “Ordenanza que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S) y Bene fi cio de Descuentos de Multas Administrativas”, aprobado con Ordenanza Nº 636/MDC. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía establecida en la Constitución para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante Decretos de Alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de den general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS, establece en su Artículo 17.- E fi cacia anticipada del acto administrativo 17.1 La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 636/MDC publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 23 de junio de 2022, se estableció el bene fi cio de descuento de las multas administrativas de las noti fi caciones municipales de infracción con Resolución Administrativa de Sanción emitidas hasta el 31 de diciembre del 2021, las cuales podrán ser canceladas hasta el último día de junio de 2022; Que, la Única Disposición Final de la Ordenanza Nº 636/MDC “Ordenanza que aprueba el Nuevo Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS.) y aprueba el Bene fi cio de Descuentos para Multas Administrativas”, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía modi fi que algunas medidas aprobadas en la mencionada ordenanza, así como dicte las medidas complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación e implementación de la referida ordenanza, así como establecer la prórroga de la misma; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 013-2022- MC, de fecha 14 de setiembre del 2022, prorroga con efi cacia anticipada al 01 de setiembre del 2022 el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 636/MDC “Ordenanza que aprueba Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y Bene fi cios de Descuentos de Multas Administrativas”, las cuales podrán ser canceladas el 31 de octubre del 2022. Que, la Sub Gerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa, mediante informe de visto, indica que mediante Ordenanza Municipal Nº 636/MDC, publicada en fecha 23 de junio del 2022, se aprueba el “Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y Bene fi cios de Descuentos de Multas Administrativas”, la indicada Ordenanza, en sus Disposiciones Complementarias Transitorias, dispone otorgar un Bene fi cio de Descuentos de las Multas Administrativas/Resoluciones de Sanción Administrativa emitidas hasta el 31 de diciembre de 2021 , las cuales podrán ser canceladas hasta el último día de junio del 2022, prorrogado primero por el Decreto de Alcaldía Nº 010-2022-MC, al 31 de agosto del 2022 y luego prorrogado por el Decreto de Alcaldía Nº 13-2022-MC, al 31 de octubre del 2022, sin embargo, dado el corto tiempo para su aplicación y difusión en la población del distrito, y a fi n de que los mismos tengan un efecto positivo en la recaudación institucional, se hace necesario que el Bene fi cio del Descuento se amplié mediante Decreto de Alcaldía hasta el 31 de diciembre del 2022. Que, la Gerencia de Fiscalización y Transporte y la Sub Gerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva