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173 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / - Un (1) representante del Consejo Regional de la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos. - Un (1) representante de los Concejos Municipales Provinciales donde opera la empresa minera metálica, designado con Resolución Municipal. - El Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. - El Gerente Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de La Libertad. Por las Empresas Extractivas que operan en la región La Libertad - Dos (2) representantes de las empresas mineras. - Un (2) representante de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad - Un (1) representante del gremio empresarial nacional, designado por la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía. Por la Sociedad Civil y Academia- Un (1) representante de los Colegios Profesionales. - Un (1) representante de ONGs con inscripción vigente en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) con experiencia en el seguimiento y análisis de la transparencia en el sector extractivo minero hidrocarburífero. - Un (1) representante de las organizaciones originarias del ámbito de intervención de la actividad extractiva. - Un (1) representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza (MCLCP La Libertad) - Un (1) representante de las Universidades de La Libertad. Cabe precisar que, corresponde un representante alterno para cada uno de los estamentos mencionados. Artículo Quinto. - Secretaría Técnica La COMISIÓN REGIONAL MULTISECTORIAL PERMANENTE cuenta con una Secretaría Técnica que brinde soporte técnico y legal, responsable de llevar el registro de los acuerdos de la COMISIÓN REGIONAL MULTISECTORIAL PERMANENTE, custodia las actas y toda documentación que se genere durante su vigencia. Asume este cargo la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos. Artículo Sexto. - Financiamiento El fi nanciamiento para el cumplimiento de las funciones y actividades programadas en el Plan de Acción de la COMISIÓN REGIONAL MULTISECTORIAL PERMANENTE, proviene de los aportes de las entidades públicas y, aportes y donaciones de la Cooperación Internacional. Artículo Sétimo. - Funciones de la COMISIÓN REGIONAL MULTISECTORIAL PERMANENTE 1. Promover, elaborar, dirigir y evaluar de manera concertada el Plan de Acción para la implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas-EITI. 2. Promover y difundir ante la ciudadanía de localidades andinas y amazónicas, de acuerdo a lo dispuesto en la ley del canon, el uso y destino en la programación de proyectos de inversión pública. 3. Elaborar y aprobar los Términos de Referencia, así como seleccionar a la Empresa consultora o consultor, para la formulación de los estudios de Transparencia Regional de las Industrias Extractivas. La Comisión decidirá el alcance de los estudios sobre la base de sus prioridades y sus posibilidades económicas. 4. Promover la difusión pública, abierta y comprensible de resultados de los Estudios de transparencia regional, sobre: uso del canon, gasto social y ambiental, pagos tributarios de las empresas mineras, inclusión de género, entre otros. 5. Aprobar su Reglamento Interno que debe contener el régimen de la periodicidad, quórum legal, reglas de votación, aprobación de los acuerdos, sesiones presenciales y sesiones virtuales.6. Formular propuestas y recomendaciones sobre las medidas a tomar para la mejora de las acciones de trasparencia en la generación, distribución, y uso de la renta de las industrias extractivas en la región La Libertad. 7. Identi fi car y comprometer nuevas fuentes de fi nanciamiento para el cumplimiento del Plan de Acción - EITI La Libertad. 8. Coordinar acciones con la Comisión Nacional Multisectorial Permanente, para el seguimiento y supervisión de la transparencia en el empleo de los recursos que obtiene el Estado por el desarrollo de las industrias extractivas mineras presidida por el Ministerio de Energía y Minas. Artículo Octavo. - Implementación Encárguese a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, la implementación de la COMISIÓN MULTISECTORIAL REGIONAL PERMANENTE, en treinta (30) días hábiles de entrar en vigencia la presente norma. Artículo Noveno. - Toma de Decisiones La COMISIÓN REGIONAL MULTISECTORIAL PERMANENTE toma decisiones y acuerdos por consenso de los tres estamentos que lo componen (Instituciones Públicas, Sociedad Civil y Empresas Extractivas) el voto es por cada uno de estos grupos de interés. Artículo Décimo. - Vigencia La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Décimo Primero .- PUBLICAR Y DIFUNDIR La presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad (www.regionlalibertad.gob.pe). Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil veintidós MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL Gobernador Regional 2128287-1 Ordenanza Regional que declara de interés regional la preservación de la papa llaguenera, distingue como Patrimonio de la Región La Libertad e instituye el Festival de la Papa Llaguenera del Pueblo de Llaguen, distrito de Sinsicap, provincia de Otuzco, Región La Libertad y proclama al pueblo de Llaguen como su capital oriunda ORDENANZA REGIONAL N° 000017-2022-GRLL-CR Trujillo, 10 de noviembre de 2022