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168 NORMAS LEGALES Sábado 26 de noviembre de 2022 El Peruano / política y la gestión regional se rigen con criterios de efi ciencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos; el artículo 13º preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; y el inciso a) del artículo 15º, expresa que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, los artículos II y IV del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2019-GRH-CR, modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 022-2020-GRH- CR, disponen que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fi scalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo”; y “La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modi fi cación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional”; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que, “Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción integrada y articulada que desarrolla el Estado, en sus tres niveles de gobierno, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada a asegurar la convivencia pací fi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pací fi ca de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, donde en el artículo 9º señala que, “El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento (...)”; el artículo 12º establece que, el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) tiene por función: b) Aprobar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana que sean propuestos por la Secretaría Técnica; en esa misma línea de ideas, el inciso a) del artículo 17º preceptúa que, una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) es: “Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana”; a su vez, los incisos d) y e) del artículo 19º respecto a las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, indican que: “Presentar el proyecto de Plan Regional de Seguridad Ciudadana al CORESEC para su aprobación” y “Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su rati fi cación mediante Ordenanza Regional”, concordante con lo prescrito en el tercer párrafo del artículo 47º de la presente norma; Que, a través del Decreto Supremo Nº 013-2019-IN, se aprueba el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019 – 2023 (PNSC 2019-2023), esto con el fi n de fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de delitos en el territorio nacional y que incluye medidas que coadyuvarán a reforzar el orden, la paz y la seguridad en el país. A lo que el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional Huánuco, debe estar articulado en su elaboración, aprobación y ejecución; Que, con Resolución Ministerial 2056-2019-IN, se aprueba la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC, denominada: Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, en cuyo acápite 7.6.1, indica que, habiendo sido declarado APTA la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, por la Secretaría Técnica del CONASEC, el Presidente del CORESEC, propone al Consejo Regional para su aprobación; asimismo, en el acápite 7.6.2 señala que, el Consejo Regional aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana (PARSC), mediante Ordenanza Regional; incorporando el PARSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional, conforme al anexo 07 en lo que corresponde al Gobierno Regional; Que, los Planes Anuales de Acciones Regionales de Seguridad Ciudadana, constituyen el instrumento de gestión en materia de Seguridad Ciudadana, que orienta el que hacer de las instalaciones públicas y privadas, la sociedad civil organizada y la comunidad, bajo los enfoques establecidos y componentes en el PNSC 2019-2023 a nivel regional, teniendo un enfoque temporal de un (01) año, los PAPSC se alinean a los PARSC a los PADSC a los PAPSC; Que, del Acta de Validación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Huánuco 2023, llevada a cabo el día 11 de julio de 2022, se puede verifi car que los miembros del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC Huánuco, aprobaron la validación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Huánuco 2023; Que, mediante Informe Nº 000069-2022/IN/DGSC/ DEPSC/ETPP/CCL de fecha 8 de septiembre de 2022, el personal del Equipo de Implementación, Monitoreo y Supervisión de Políticas de Seguridad Ciudadana - DGSC, remite al responsable de la misma o fi cina, el informe de revisión de la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 del CORESEC Huánuco, documento en el cual concluye que: A) El Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional Huánuco, se encuentra alineado a lo establecido en el PNSC 2019 – 2023, a lo dispuesto en la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC y a los lineamientos brindados por la DGSC. (…). C) De conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC, el presente Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana año 2023, perteneciente a la región Huánuco, se considera “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”; razón por la cual recomienda que se proceda a gestionar la ordenanza regional de aprobación del plan correspondiente; asimismo, para que procedan con su implementación y difusión al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) y Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) de su ámbito territorial; Que, con Informe Nº 0162-2022-GRH-GGR/ ORGRDDNSC de fecha 13 de octubre de 2022, el Director (e) de la O fi cina Regional de Gestión de Riesgos de Desastres, Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana, le remite al Gobernador Regional de Huánuco, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023; asimismo, le comunica que, en respuesta al Plan enviado para su evaluación, la Dirección General de Seguridad Ciudadana, remitió el Informe Nº 000069-2022/IN/DGSC/DEPSC/ETPP/CCL, por el cual les comunicaron que el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 del Gobierno Regional Huánuco, se encuentra alineado a lo establecido en el PNSC 2019 – 2023, a lo dispuesto en la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC y a los lineamientos brindados por la DGSC, considerando, el Plan como “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”; razón por la cual, le adjunta toda la información correspondiente, a efectos de que sea remitido al Consejo Regional y proceda con su aprobación mediante Ordenanza Regional conforme lo establece las normas vigentes; Que, mediante O fi cio Nº 1226-2022-GRH/GR de fecha 14 de octubre de 2022, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, remite a la Secretaría del Consejo Regional, los informes técnicos derivados por el Director (e) de la O fi cina Regional de Gestión de Riesgos de Desastres, Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana, a efectos de que el magno Consejo Regional proceda con Ordenanza Regional a la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana (PARSC) 2023;