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156 NORMAS LEGALES Sábado 26 de noviembre de 2022 El Peruano / de Dios, los o fi cios Nros. 730 y 785-2022-MP-FN- FMT-IÑAPARI, suscritos por el abogado Víctor Raúl Phoco López, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Manu, Distrito Fiscal de Madre de Dios, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Manu, y destacado al Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tahuamanú, y el o fi cio Nº 1736-2021-MPFN-FPMM- MDD, remitido por el abogado Federico Choque Garcia, Fiscal Provincial Titular Mixto de Mazuko, Distrito Fiscal de Madre de Dios, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko. Que, mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3191-2018-MP-FN y 1805-2021-MP-FN, de fechas 14 de septiembre de 2018 y 15 de diciembre de 2021, respectivamente, se nombró al abogado Orlando Navarro Fatama, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios y se designó en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaypetue; y, por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 5560-2015-MP-FN y 3169-2018-MP-FN, de fechas 04 de noviembre de 2015 y 13 de septiembre de 2018, respectivamente, se nombró al abogado Óscar David Sancho Incacari, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tahuamanú; asimismo, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2184-2019-MP-FN, de fecha 15 de agosto de 2019, se nombró al abogado Nico Claudio Beltrán Gutiérrez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios y se designó en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de reorganizar los Despachos de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaypetue, Fiscalía Provincial Mixta de Tahuamanú y Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del persona fi scal que ocupa provisionalmente las plazas señaladas en el segundo párrafo, así como, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar los reemplazos correspondientes que ocupen provisionalmente los referidos cargos y los que pudieran generarse, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de las plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Orlando Navarro Fatama , como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaypetue, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3191-2018-MP-FN y 1805-2021-MP-FN, de fechas 14 de septiembre de 2018 y 15 de diciembre de 2021, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Óscar David Sancho Incacari , como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tahuamanú, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 5560-2015-MP-FN y 3169-2018-MP-FN, de fechas 04 de noviembre de 2015 y 13 de septiembre de 2018, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Nico Claudio Beltrán Gutiérrez , como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2184-2019-MP-FN, de fecha 15 de agosto de 2019, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Cuarto .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Exaltación Washington Alvarez Mamani , como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Madre de Dios y su designación en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, así como su destaque en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2152-2017-MP-FN y 2049-2022-MP-FN, de fecha 22 de junio de 2017 y 27 de septiembre de 2022, respectivamente. Artículo Quinto .- Dar por concluida la designación del abogado Víctor Raúl Phoco López , Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Manu, Distrito Fiscal de Madre de Dios, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Manu, así como su destaque en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tahuamanu, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 4856-2014-MP-FN y 160-2022-MP-FN, de fechas 19 de noviembre de 2014 y 11 de febrero de 2022, respectivamente. Artículo Sexto .- Nombrar al abogado Exaltación Washington Alvarez Mamani, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaypetue, con reserva de su plaza de origen. Artículo Séptimo .- Nombrar al abogado Víctor Raúl Phoco López, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tahuamanú, con retención de su cargo de carrera. Artículo Octavo .- Nombrar al abogado Luis Antonio Medrano Sánchez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko, con reserva de su plaza de origen.