TEXTO PAGINA: 101
101 Domingo 27 de noviembre de 2022 El Peruano / PROYECTO CAPITULO II PROCEDIMIENTO APLICABLE A LA SOLUCIÓN DE RECLAMOS Artículo 10º. Canales para presentar reclamos El usuario reclamante podrá presentar su reclamo ante PdP S.A. a través de los siguientes canales: a) Libro de Reclamaciones, disponible en el 1er Piso del Edi fi cio Administrativo del Terminal Portuario Paracas. Horario de atención: lunes a viernes de: 08:00 a. m. a 13:00 p.m.14:00 p.m. a 17:00 p.m. b) Por documento escrito en la Mesa de Partes de PdP S.A., ubicada en el 1er Piso del Edi fi cio Administrativo del Terminal Portuario Paracas. Horario de atención: lunes a viernes de: 08:00 a. m. a 13:00 p.m.14:00 p.m. a 17:00 p.m. c) Vía telefónica: A través del teléfono 01 708 4600 anexo 150. Horario de atención: 08:00 a. m. a 13:00 p.m.14:00 p.m. a 17:00 p.m. d) Por la página web: A través del formulario virtual de recepción de reclamos habilitado en la página web de PdP S.A. (www.pdparacas.com.pe). e) Por correo electrónico: A través del correo electrónico reclamos@pdparacas.com.pe, o recepcion@pdparacas.com.pe, o el que se difundida en la página web de PdP S.A. En caso el usuario reclamante sea iletrado y desee presentar un reclamo presencialmente, éste deberá ser validado por dicho usuario con su huella dactilar. Todos los medios y canales de recepción de reclamos serán continuamente detallados y actualizados en la página web de PdP S.A. Artículo 11º.- Dependencias Resolutivas La Gerencia Comercial de PdP S.A es la dependencia encargada de resolver los Reclamos en primera instancia administrativa en los procedimientos de solución de Reclamos de Usuarios, conforme lo establece el artículo 7 del Reglamento de OSITRAN. El Tribunal es la entidad competente para resolver en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación interpuestos por los Usuarios. Dicho procedimiento se rige por lo dispuesto en la Sección tercera del Capítulo 2 del Título III del Reglamento de Atención de Reclamos del OSITRAN. Artículo 12º.- Requisitos para la presentación de Reclamos Los requisitos para la presentación de los reclamos son los siguientes: a) La instancia u órgano resolutivo al que va dirigido el reclamo. b) Nombres y apellidos completos del usuario reclamante o razón social de ser el caso, así como su documento legal de identi fi cación (Documento Nacional de Identidad, Carné de Extranjería, Pasaporte, Registro Único de Contribuyentes, según corresponda). c) Datos del representante legal, del apoderado y del abogado si los hubiere, así como los documentos que acrediten su representación. d) Nombre y domicilio del reclamado.e) La indicación de la pretensión solicitada.f) Los fundamentos de hecho y de derecho de la pretensión. g) Las pruebas que acompañan el reclamo o el ofrecimiento de las mismas si no estuvieran en poder del usuario reclamante.h) Lugar, fecha y fi rma del usuario reclamante. En caso de no saber fi rmar, bastará la huella digital. Para el caso de los reclamos vía telefónica, se exceptúa el literal h) y para el cumplimiento del literal c) se otorga un plazo de dos (2) días para su cumplimiento, bajo el apercibimiento de considerarse como no presentado el reclamo. En el caso que el reclamo sea presentado mediante formulario, se exceptúa el requisito consignado en el literal d) Artículo 13º.- Obligatoriedad de recibir de Reclamos PdP S.A. está obligado a recibir todos los reclamos que le presenten. En caso que éstos no cumplan con los requisitos indicados en el artículo 12, se procederá con lo dispuesto en el artículo 14 del presente Reglamento. En los casos en los que se advierta que, por error u omisión, la materia indicada por el usuario reclamante no guarde correspondencia con el contenido de su reclamo, PdP S.A. encauzará el procedimiento conforme a la materia que corresponda, en concordancia con lo establecido en el artículo 86 del TUO de la LPAG. Artículo 14º.- Veri fi cación de requisitos y admisibilidad del Reclamo Una vez que se haya veri fi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 del presente Reglamento, se derivará el reclamo a la Gerencia Comercial de PdP S.A., consignando fecha y hora de recepción y número de trámite. En los casos en que dichos reclamos carezcan de alguno de los requisitos señalados, PdP S.A. anotará la observación y devolverá la misma, sin asignarle número de trámite. No obstante, PdP S.A., dentro de los dos (2) días hábiles de recibido el reclamo, solicitará la subsanación de algún requisito incumplido. El usuario reclamante deberá subsanar la omisión en un plazo de dos (2) días hábiles. Si no cumpliera dentro del plazo, se tendrá por no presentado el reclamo, devolviéndole, de ser el caso, los documentos que presentó. Esta decisión puede ser objeto de queja. El plazo para resolver el reclamo correrá a partir de la fecha de recepción de la subsanación por dicha instancia. Artículo 15º.- Difusión PdP S.A. informará a sus usuarios obligatoriamente lo siguiente: a) El procedimiento que debe seguirse para la interposición de reclamos y recursos impugnatorios, así como los plazos para su presentación y resolución. b) Los requisitos para la presentación de reclamos, recursos impugnatorios y quejas. c) La relación de dependencias competentes para la recepción y resolución de los reclamos y recursos presentados por los usuarios reclamantes. d) La relación de los medios probatorios que pueden actuarse para la solución de los reclamos. e) La obligación de los usuarios reclamantes de realizar el pago de los montos que no son materia del reclamo al momento de la interposición del mismo. f) Los formularios o formatos de presentación de reclamos y recursos aprobados por OSITRAN y dónde obtenerlos. g) El lugar dónde recabar el texto completo del presente reglamento, del reglamento de atención de reclamos y solución de controversias del Ositrán y del fl ujograma del procedimiento, así como el enlace de la página web de PdP S.A. donde descargarlos. La difusión de información sobre el procedimiento de reclamo por parte de PdP S.A., se realizará: a) De forma verbal a través del personal de sus ofi cinas administrativas. b) A través de su página web (www.pdparacas.com. pe) c) Mediante carteles y a fi ches de orientación ubicados en lugares visibles y notorios de la O fi cina de Atención al Usuario