Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (27/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Domingo 27 de noviembre de 2022 El Peruano / DE LA PROVISIÓN DE AGUA PARA DESARROLLO AGRÍCOLA EN EL VALLE DE TACNA - VILAVILANI II - FASE I”, registrado en el Banco de Inversiones con Código Único de Inversiones Nº 2106687; por el importe de S/ 834,249.78 Soles. Asimismo mediante OFICIO Nº 900-2022-GG-PET/GOB.REG.TACNA, de fecha 20 de octubre de 2022, rea fi rma los montos a transferir, del mismo modo, informa del proyecto MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE CONDUCCIÓN DEL SECTOR HIDRÁULICO MAYOR UCHUSUMA CAPLINA CLASE B, TRAMO LA HACIENDA - BOCATOMA CHUSCHUCO, DE LA QUEBRADA VILAVILANI, DISTRITO DE PACHIA - PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA; por el importe a transferir de S/ 914,952.37 Soles, se encuentra en la etapa de elaboración de Expediente Técnico y de acuerdo a lo coordinado con la Gerencia Estudios y Proyecto, el proyecto de inversión, cumple con la Ley Nº 31358, para fi nanciar acciones de control concurrente Que, mediante OFICIO Nº 5388-2022-GRI/GOB.REG. TACNA, de fecha 19 de octubre de 2022, la Gerencia Regional de Infraestructura mani fi esta que, de las doce (12) inversiones para el fi nanciamiento en el marco de la Ley Nº 31358, nueve (09) inversiones están a cargo de la Gerencia Regional de Infraestructura, de los cuales, una (1) inversión ya se encuentra en proceso de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República del Perú ( mediante OFICIO Nº 766-2022-GRI/GOB.REG.TACNA de fecha 17 de agosto de 2022 el Gerente Regional de Infraestructura autoriza la Transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL CENTRO DE CONVENCIONES JORGE BASADRE GROHMANN, DISTRITO DE TACNA - PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA ), de las (8) inversiones faltantes por transferir, una (1) inversión el proyecto: MEJORAMIENTO DE LA VÍA VECINAL TA-556 TRAMO: SUSA PAYA- SITAJARA -EMP. TA-103 EN LOS DISTRITOS DE SITAJARA Y SUSA PAYA DE LA PROVINCIA DE TARATA - DEPARTAMENTO DE TACNA, no cumple con lo estipulado en el artículo 4 de la Ley Nº 31358; por lo que, siete (7) inversiones si cumplen con los criterios del artículo 4 de la Ley Nº 31358, para realizar la Transferencia Financiera, para el cual adjunta el Anexo Nº 03. En ese sentido, el Gerente Regional de Infraestructura, autoriza la transferencia fi nanciera a los PIPs: MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA, DISTRITO DE TACNA, PROVINCIA TACNA - REGION TACNA CUI Nº 2192844 por el importe de S/ 4, 856, 076.66 Soles; CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALMACENAMIENTO Y REGULACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EMBALSE CALIENTES SANTA CRUZ - CANDARAVE CUI Nº 2173274 por el importe de S/ 1,143, 572.46 Soles; MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO, MEDIANTE SISTEMA DE REPRESAMIENTO EN LA CUENCA DEL RIO SAMA, DISTRITO DE INCLAN - PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA CUI Nº 2490258 por el importe de S/ 7, 660, 707.10 Soles; MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN EN PUNTOS VULNERABLES POR INUNDACIONES EN LA CUENCA DEL RIO CAPLINA -EN LOS DISTRITOS DE PACHIA, CALANA Y . POCOLLAY DE LA PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA CUI Nº 2476055 por el importe de S/ 1,172, 979.59 Soles; MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL IESPP. JOSÉ JIMÉNEZ BORJA EN EL DISTRITO DE TACNA, TACNA - TACNA CUI Nº 2376665 por el importe de S/ 767, 780.68 Soles; MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARCHIVO DOCUMENTARIO DEL ARCHIVO REGIONAL DE TACNA - REGIÓN TACNA CUI Nº 2234835 por el importe de S/ 597,923.96 Soles; AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LUIS ALBERTO SÁNCHEZ, DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA - TACNA — TACNA CUI Nº 2313929 por el importe de S/ 1, 422, 142.07 Soles.Que mediante Informe Nº 0398-2022-GRPPAT- SGPRE/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de noviembre de 2022, la Sub Gerencia de Presupuesto procedió a evaluar los saldos disponibles para los proyectos, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República, mediante O fi cio Nº 000602-2022-CG/SGE, en el marco de la Ley Nº 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”. En ese sentido, se procedió a evaluar el presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, determinándose que se cuenta con recursos disponibles en la fuente de Financiamiento Recursos Determinados, por lo que se emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Certi fi cación de Crédito Presupuestario por el importe de S/ 20’094,798.57 (Veinte Millones Noventa y Cuatro Mil Setecientos Noventa y Ocho con 57/100 Soles), que permita fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor del pliego 019: Contraloría General, en el marco del artículo 4º de la Ley Nº 31358, por lo que recomienda proseguir con el trámite administrativo de acuerdo a la normatividad vigente para la emisión del acto resolutivo. Que, mediante O fi cio Nº 2800-2022-SGPRE- GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de noviembre de 2022, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal por el importe de S/ 20’094,798.57 (Veinte Millones Noventa y Cuatro Mil Setecientos Noventa y Ocho con 57/100 Soles), para fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente. Que, la Ley Nº 31358 - Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, tiene por objeto la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Que, mediante el numeral 2.1 y 2.2, del artículo 2 de la Ley Nº 31358, establece medidas para el fi nanciamiento del control concurrente: 2.1. Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros cosos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental. 2.2. Los pliegos comprendidos en esta modalidad de control gubernamental, habilitan el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la categoría del gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar. Que, mediante el numeral 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, establece medidas sobre las transferencias a realizarse para el fi nanciamiento de acciones de control concurrente; 4.1. Para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las