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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (27/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Domingo 27 de noviembre de 2022 El Peruano / la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional; asimismo, comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; Que, el literal d) del artículo 4° del citada ley, señala que son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana y cuentan con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución; Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 2056-2019- IN de fecha 20 de diciembre de 2009, se aprueba entre otras, la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; Que, la mencionada Directiva tiene como fi nalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados bajo los enfoques del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023 enfoque transversal de salud pública, enfoque territorial y descentralizado, enfoque transversal de articulación interinstitucional, enfoque de género, enfoque de interculturalidad, enfoque transversal de presupuesto, seguimiento y evaluación; y tiene alcance nacional, siendo de cumplimiento obligatorio, entre otros, por los órganos de ejecución de Seguridad Ciudadana del ámbito distrital, en el marco de sus competencias; Que, el numeral 7.6 de la citada Directiva N° 011-2019-IN-DGSC, establece que declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN”, se propone ante el Concejo Municipal su aprobación mediante Ordenanza, incorporando el (PADSC) al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, mediante Carta Externa N° 32912-2022 de fecha 04 de noviembre de 2022, a través del O fi cio Nº D001775- 2022-MML-GSGC de fecha 02 de noviembre de 2022, suscrito por el Gerente de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, mediante el que declara al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del CODISEC Mira fl ores como “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N° 015-2022-MMLGSGC-STCSC-OCM emitido por el Jefe de la O fi cina de Coordinación Multisectorial de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante los Memorandos Nrs. 677-2022-GSC/ MM y 694-2022-GSC/MM, la Gerencia de Seguridad Ciudadana informa que ha cumplido con elaborar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2023, de acuerdo con la normativa y metodología vigente, el mismo que fue aprobado por unanimidad por el CODISEC Mira fl ores y declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana – CORESEC LM, como ente jerárquico superior; Que, a través del Informe N° 243-2022-GAJ/MM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede legalmente la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2023 por el Concejo Municipal, conforme a sus atribuciones, el cual debe materializarse mediante Ordenanza, de acuerdo a lo señalado en el numeral 7.6.2 del inciso 7.6 de la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana” y en concordancia con el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA MIRAFLORES 2023 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2023, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC Mira fl ores y declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana – CORESEC LM, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, conforme a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación conjuntamente con el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2023, en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Mira fl ores, 24 de noviembre de 2022 OSCAR CHANG RÍOS Primer Regidor Encargado del Despacho de Alcaldía 2129142-1 Ordenanza que regula el uso del Palacio de las Artes de la Municipalidad Distrital de Miraflores ORDENANZA Nº 597/MM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO: EL CONCEJO DE MIRAFLORES; VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de fecha 24 de noviembre de 2022, el Dictamen N° 061-2022/MM de fecha 16 de noviembre de 2022, de la Comisión de Asuntos Jurídicos; el Memorando Circular N° 024-2022-GCT/MM de fecha 06 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia de Cultura y Turismo; el Informe N° 0136-2022-SGCA-GDUMA/MM de fecha 08 de setiembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Catastro; el Informe N° 185-2022-SGGRD-GAC/MM de fecha 12 de setiembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres que eleva el Informe Técnico N° 350-2022-SGGRD-GAC/MM; el Informe N° 654-2022-SGLCP-GAF/MM de fecha 14 de setiembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; el Memorando Nº 600-2022-GCT/MM de fecha 28 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia de Cultura y Turismo; el Informe N° 208-2022-SGLEP-GAC/MM de fecha 06 de octubre de 2022, emitida por la Subgerencia de Licencias de Edi fi caciones Privadas; el Memorando Circular N° 036-2022-GCT/MM de fecha 12 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia de Cultura y Turismo; el Informe N° 108-2022-SGDR-GDH/MM de fecha 12 de octubre de 2022, emitido por la Subgerencia