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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (27/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 27 de noviembre de 2022 El Peruano / 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la obra: “Aeropuerto de Jauja de la Región Junín”, y, el valor de la Tasación, ascendente a la suma de S/ 2 087 535,45 (DOS MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON 45/100 SOLES), correspondiente al inmueble con código AERO-JAUJA-SO1-120401-PR-00045, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado del dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble expropiado. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valor de Tasación correspondiente a un (01) inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto de Jauja de la Región Jun ín ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO DE JAUJA “FRANCISCO CARLÉ” UBICADO EN EL DISTRITO DE JAUJA, PROVINCIA DE JAUJA Y DEPARTAMENTO DE JUNIN N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESHEDDY NITA ORELLANA RIVERA LIS ENA ORELLANA RIVERA VDA. DE BRAVO MIRTHA NIL ORELLANA DE VIDALONCÓDIGO: AERO-JAUJA-SO1-120401-PR-00045ÁREA AFECTADA: 14598.15 m2AFECTACIÓN: TOTAL DEL INMUEBLE 2,087,535.45LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Por el Norte:Con camino carrozable (calle Andrés Razuri) con una línea recta de UNO (01) tramoPor el Este:Con propiedad de terceros con una línea recta de UNO (01) tramoPor el Sur: Con camino de trocha con una línea quebrada de TRES (03) tramos.Por el Oeste:Con propiedad de terceros con una línea recta de UNO (01) tramoCOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 54.39 90°45'25" 446969.5543 B B-C 195.06 91°31'18" 447019.8884 Declaración Jurada de 6 vecinos de Fecha 13.07.2022. Constancia de Posesión de la municipalidad Provincial de Jauja de fecha 03.08.2022C C-D 21.74 88°44'6" 447098.6068 D D-E 80.31 269°7'39" 447078.5269 E E-F 40.61 89°1'52" 447108.1735 Publicidad N° 01129317-2022, emitido por SUNARP con Informe Técnico N° 004767-2022Z.R. N° VIII-SEDE - HUANCAYO/UREG/CAT, el inmueble de 14,598.15 m2, afectado por la obra del Aeropuerto de Jauja, y que recae sobre área sin inscripción registral, y no cuenta con superposición grá fi ca ni afecta derechos de terceros.F F-A 274.29 90°49'41" 447070.1827 2129407-1