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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (01/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 1 de octubre de 2022 El Peruano / CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Designan Jefe de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración del SINEACE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000056-2022-SINEACE/P San Isidro, 30 de septiembre del 2022VISTOS:El Memorándum N°000265-2022-SINEACE/P- GG-ORH, del 29 de setiembre de 2022, de la O ficina de Recursos Humanos; y, el Informe Legal N° 000211-2022-SINEACE/P-GG-OAJ, del 29 de setiembre de 2022, de la O ficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, habiéndose aceptado la renuncia de la Jefa de la Unidad de Tesorería de la Administración del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi ficación de la Calidad Educativa (Sineace); es necesario designar a la persona que la reemplazará en dicho puesto; Con el visto bueno de la Gerencia General, O ficina de Recursos Humanos y O ficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi ficación de la Calidad Educativa; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi ficatorias; y Resolución Ministerial N° 449-2020-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 1 de octubre del 2022, al señor Mario Juvenal Lujan Sera fin en el cargo de Jefe de la Unidad de Tesorería de la O ficina de Administración del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi ficación de la Calidad Educativa (Sineace). Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O ficial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad Hoc 2111597-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Declaran caducidad por el no pago oportuno de los años 2021-2022 de 2,365 derechos mineros, sustentada en el Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 099-2022-INGEMMET/PE Lima, 22 de setiembre del 2022VISTO el Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L de fecha 22/09/2022 de la Dirección de Derecho de Vigencia que sustenta la caducidad por el no pago oportuno de los años 2021-2022; CONSIDERANDO:Que, el artículo 59 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, establece que produce la caducidad de denuncios, petitorios y concesiones mineras, el no pago oportuno del derecho de vigencia o de la penalidad, según sea el caso, durante dos años consecutivos o no; Que, el artículo 96 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 03-94-EM, señala que el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET declara por resolución colectiva la caducidad de los petitorios mineros cuyo trámite tenga a su cargo y de las concesiones mineras cuyos titulares pertenezcan al régimen general, así como a la minería artesanal y pequeña minería en Lima Metropolitana; Que, el artículo 102 del citado reglamento, numeral 102.1, dispone que la Dirección de Derecho de Vigencia considerando la información obtenida del Registro de Pagos de derecho de vigencia y penalidad elabora el informe sustentatorio de caducidad por no pago de derecho de vigencia y lo remite a la Dirección de Concesiones Mineras; Que, mediante Informe N° 2664-2022-INGEMMET/ DDV/L de fecha 22/09/2022 la Dirección de Derecho de Vigencia sustentó la caducidad de 2,365 derechos mineros, remitiendo el listado de los derechos mineros correspondientes; Que, mediante Informe Nº 11571-2022-INGEMMET- DCM-UTN de fecha 22/09/2022 y decreto de fecha 22/09/2022 la Dirección de Concesiones Mineras remite los expedientes a caducar con el proyecto de resolución colectiva; Que, conforme a las modalidades de noti fi cación y su orden de prelación establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, corresponde noti fi car personalmente la presente resolución y complementariamente publicarla en el diario o fi cial El Peruano para mejorar las posibilidades de participación de los administrados; De conformidad con el artículo 66 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, con el visado de la Dirección de Concesiones Mineras, la Dirección de Derecho de Vigencia y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la caducidad por el no pago oportuno de los años 2021-2022 de los 2,365 derechos mineros que se detallan en el Anexo, sustentada en el Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L de fecha 22/09/2022 de la Dirección de Derecho de Vigencia, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE la presente resolución y su Anexo en la página web del INGEMMET, www.ingemmet.gob.pe, así como en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ANÉXESE en el expediente ABUNDANCIA II 2009 de código 010187709 el original de la presente resolución, Anexo e informes citados. Artículo Cuarto.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su inscripción. Notifíquese, publíquese y regístrese.HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo (e) 2110289-1