Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (13/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2022 El Peruano / d) Un/a representante de cada una de las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana. e) Un/a representante del Gobierno Regional de Madre de Dios. f) Un/a representante del Gobierno Regional de Ucayali. g) Un/a representante del Gobierno Regional de Cajamarca. h) Un/a representante del Colegio Médico Veterinario del Perú. i) Un/a representante de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. j) Un/a representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. k) Un/a representante de la Coalición por los Animales del Perú - COLPA. l) Un/a representante del Grupo Protectora Perú - Animales, Ecosistema y Salud Pública. m) Un/a representante del Partido Animalista Peruano. 2.2 Cada integrante de la Comisión Multisectorial cuenta con un/a representante alterno/a, que es designado/a según lo establecido en el artículo 4 del presente Decreto Supremo. 2.3 Los/las representantes titulares y alternos/as de la Comisión Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 3.- Función La Comisión Multisectorial tiene la función de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de Reglamento de la Ley Nº 31311, Ley que prioriza la esterilización de perros y gatos como componente de la política nacional de salud pública. Artículo 4.- Designación de representantes Los/las representantes titulares y alternos/as de la Comisión Multisectorial son designados/as mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica en el plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O ficial El Peruano. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Comisión Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica a cargo de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, cuya responsabilidad es brindar el apoyo técnico y administrativo a la citada Comisión, durante su vigencia. Artículo 6.- Colaboración La Comisión Multisectorial, previo acuerdo de sus integrantes, puede invitar y/o solicitar opinión y aportes técnicos de entidades públicas y privadas, las cuales coadyuvan al cumplimiento del objeto de la comisión. Artículo 7.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 8.- Vigencia y presentación de informe técnico final El período de vigencia de la Comisión Multisectorial es de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O ficial El Peruano, plazo en el cual debe presentar un informe técnico final al titular del Ministerio de Salud. Artículo 9.- Financiamiento9.1 El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 9.2 Los gastos que involucren la participación de los/las integrantes que la conforman se financian con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Publicación Publícase el presente Decreto Supremo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario O ficial El Peruano. Artículo 11.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Ambiente y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN Ministro del Ambiente JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2115082-6 Designan Ejecutivo Adjunto I del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 815-2022/MINSA Lima, 11 de octubre del 2022 Visto, el expediente Nº CDC00020220000583, que contiene la Nota Informativa Nº D000179-2022-CDC-MINSA, emitida por el Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 319-2022-OGGRH/MINSA, de fecha 5 de mayo de 2022, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Ejecutivo Adjunto I (CAP – P N° 2169) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, con el documento de Visto, se propone designar al señor JAVIER ROGER RAÚL VARGAS HERRERA, en el cargo señalado en el considerando precedente; Que, a través del Informe N° D000221-2022-OGGRH- OARH-EIE-MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la citada acción de personal; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias;