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15 NORMAS LEGALES Martes 18 de octubre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi ficar, a partir de la fecha, el numeral 2.1 del artículo 2, el artículo 8, el numeral 9.1 del artículo 9 y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEDU que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año Fiscal 2022, en los términos siguientes: “Artículo 2.- DELEGAR EN EL/LA VICEMINISTRO/A DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2022, LAS SIGUIENTES FACULTADES: 2.1 En materia de Obras por Impuestos:a. Emitir la resolución que aprueba la suscripción del Convenio de Asistencia Técnica con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION, bajo la modalidad de asesoría o encargo; previo informe de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE) del Ministerio de Educación – MINEDU. b. Autorizar y aprobar los mayores trabajos de obra por variaciones a las especi ficaciones técnicas o a las condiciones originales de ejecución del proyecto, siempre que estas resulten necesarias para alcanzar la finalidad del Convenio de Inversión, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29230; y la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe; y modi ficar el Monto Total del Convenio de Inversión producto de dicha aprobación. c. Aprobar la modi ficación del Monto Total de Inversión derivada de las variaciones aprobadas por la Entidad y las convenidas mediante adendas, que signi fiquen un deductivo de la inversión, en el marco del Reglamento de la Ley Nº 29230, y la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe. d. Emitir el consentimiento expreso respecto al contrato de cesión de posición en el Convenio de Inversión a suscribirse entre la Empresa Privada cedente y la Empresa Privada cesionaria. e. Suscribir la adenda al Convenio de Inversión por cesión de posición contractual del referido convenio. f. Solicitar la emisión del Informe Previo a la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información complementaria o adicional requerida. g. Aprobar las Bases de los procesos de selección para la Empresa Privada. h. Autorizar el nuevo monto de inversión registrado en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en fecha posterior a su declaratoria de viabilidad y priorización, a ser recogido en el Monto Total de Inversión Referencial en la convocatoria y en las Bases del proceso de selección de la Empresa Privada y/o Entidad Privada Supervisora. i. Aprobar, de manera previa al otorgamiento de la Buena Pro por parte del Comité Especial, los importes mayores al Monto Referencial del Convenio de Inversión cuando la propuesta económica exceda hasta en diez por ciento (10%) el citado Monto Referencial. j. Cancelar total y parcialmente los procesos de selección de la Empresa Privada y la Entidad Privada Supervisora. k. Suscribir, modi ficar y resolver los convenios de co- ejecución con los Gobiernos Regionales o Locales, para la ejecución conjunta de inversiones y/o actividades de operación y/o mantenimiento. l. Comunicar la decisión de llevar o no a cabo el trato directo, así como suscribir los acuerdos y/o documentos necesarios para resolver por trato directo las controversias que surjan durante la ejecución del Convenio de Inversión, previa opinión del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED. m. Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos por los postores en los procesos de selección convocados. n. Suscribir, modi ficar y resolver Convenios de Inversión con la Empresa Privada.o. Aprobar las modi ficaciones al Convenio de Inversión durante la fase de ejecución producto de la elaboración del expediente técnico, documento equivalente y/o documento de trabajo e incorporarlos al Monto Total del Convenio de Inversión, para su reconocimiento en el Certi ficado de Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público, debiendo para tal efecto suscribirse la adenda al convenio correspondiente. p. Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, considerando criterios de costo bene ficio y ponderando los costos y riesgos de no adoptar un acuerdo conciliatorio. Dicha evaluación debe estar contenida en los informes técnicos legales correspondientes, debiendo para dicho efecto contar con las opiniones técnicas del Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED y de la Procuraduría Pública, y la opinión legal de la O ficina General de Asesoría Jurídica. (...)Artículo 8.- DELEGAR EN EL/LA JEFE/A DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2022, LA SIGUIENTE FACULTAD: En materia de Obras por Impuestos:Suscribir la carta de compromiso de priorización de recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para financiar el pago de los “Certi ficados Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público” – CIPGN en cada año fiscal y por todo el periodo de ejecución de las inversiones, o las actividades de operación y/o mantenimiento; y presentar dicho documento a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 9.- DELEGAR EN EL/LA DIRECTOR/A GENERAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2022, LAS SIGUIENTES FACULTADES: 9.1 En materia de Obras por Impuestos:a. Suscribir, modi ficar y resolver los Convenios de Asistencia Técnica con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, previamente aprobados. b. Responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad que proponen desarrollar o actualizar proyectos de inversión, así como actividades de operación y/o mantenimiento, comunicando la relevancia o el rechazo de la propuesta, de ser el caso; debiendo previamente en ambos casos evaluar la propuesta y realizar las acciones necesarias para tal fin. c. Proponer modi ficaciones y/o ampliaciones en el contenido y diseño de la propuesta de proyecto presentada por la Empresa Privada, previa opinión técnica del órgano competente y realizar las acciones necesarias para tal fin. d. Entregar a PROINVERSIÓN los documentos exigidos por la Contraloría General de la República para el informe previo, en el caso de encargo del proceso de selección de la Empresa Privada. e. Formular las consultas y las solicitudes de interpretaciones de carácter general referidas al mecanismo de Obras por Impuestos hacia la Dirección General de Política de la Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP) del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF. f. Remitir a la Dirección General de Política de la Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP) del MEF, la copia de los Convenios de Inversión, contratos de supervisión y sus respectivas adendas luego de suscritos y la información que dicha Dirección General requiera. g. Solicitar a PROINVERSIÓN la emisión de un informe técnico sobre cualquier controversia presentada, como criterio orientador para la toma de decisiones, antes o durante el desarrollo de los mecanismos de solución de