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33 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2022 El Peruano / la conformidad del Despacho Viceministerial de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a la empresa SHARKTEL S.A.C. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio portador local, en la modalidad conmutado. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa SHARKTEL S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa SHARKTEL S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones 2116779-1 Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 911-2022-MTC/01.02 Lima, 17 de octubre de 2022VISTOS: Las Cartas N os. 026, 037 y 043-2022/JP - AERODIANA SAC., la Orden de Inspección N° 1371-2022-MTC/12.04 y los Informes N os 0324-2022-MTC/12.04 y 0310-2022- MTC/12, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen, entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante Resolución Ministerial N° 698-2022- MTC/01.02 de fecha 12 de agosto de 2022, publicada el 17 de agosto de 2022 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se autoriza el viaje en comisión de servicios del señor LUIS GUILLERMO SIPÁN HERNÁNDEZ, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Wichita, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de agosto de 2022, a fi n de realizar el chequeo veri fi cación de competencia piloto en simulador de vuelo en el equipo C-208 al personal aeronáutico de la empresa AERODIANA S.A.C. (en adelante, la Empresa), solicitado mediante Carta N° 026-2022/JP - AERODIANA SAC., en el marco de lo dispuesto en el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-011 “Evaluación Práctica del Personal Aeronáutico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-MTC; para lo cual, la referida Empresa realiza el pago del derecho de tramitación del citado servicio, a través de los Recibos de Acotación N os. 0011048 y 0011049; Que, a través de la Carta N° 037-2022/JP - AERODIANA SAC., de fecha 20 de agosto de 2022, la Empresa solicita que se cancele el chequeo veri fi cación de competencia piloto en simulador de vuelo en el equipo C-208 a su personal aeronáutico, solicitado mediante Carta N° 026-2022/JP - AERODIANA SAC., alegando que, por motivos operacionales no podrá llevarse a cabo; Que, mediante Carta N° 043-2022/JP - AERODIANA SAC. presentada el 12 de setiembre de 2022, la Empresa solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la designación de un inspector para realizar el chequeo verifi cación de competencia piloto en simulador de vuelo en el equipo C-208 a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-011 “Evaluación Práctica del Personal Aeronáutico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, vigente al momento de la presentación de la referida solicitud; requiriendo que, se utilicen los Recibos de Acotación N os. 0011048 y 0011049 para el presente caso, correspondientes al pago del derecho de tramitación del referido servicio, el cual incluye el concepto de viáticos; Que, a través del Informe N° 0324-2022-MTC/12.04 de fecha 20 de setiembre de 2022, la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones señala que el viaje en comisión de servicios del señor LUIS GUILLERMO SIPÁN HERNÁNDEZ, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Wichita, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de agosto de 2022, autorizado mediante la Resolución Ministerial N° 698-2022-MTC/01.02, para realizar el chequeo requerido por la Empresa, no se llevó a cabo, conforme a la solicitud de cancelación presentada por la Empresa mediante Carta N° 043-2022/JP - AERODIANA SAC.; por lo que, emite opinión favorable respecto a la solicitud de chequeo presentada por la Empresa con Carta N° 043-2022/JP - AERODIANA SAC., utilizando los Recibos de Acotación N os. 0011048 y 0011049;