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24 NORMAS LEGALES Lunes 24 de octubre de 2022 El Peruano / 7. Conservar y cautelar bajo responsabilidad el material de audición o visualización y documentos de las sesiones de Concejo. 8. Gestionar la publicación de las Ordenanza, Acuerdos y Resoluciones de Concejo, con estricta sujeción a lo acordado en el Concejo, bajo responsabilidad. 9. Comunicar a las dependencias municipales que correspondan las Ordenanzas y Acuerdos emitidos por el Concejo Municipal. 10. Otorgar trimestralmente copias certi fi cadas de las actas de sesión de Concejo, para lo cual podrá utilizar auxilios o medios técnicos e informáticos. 11. Las otras que determine el Concejo. (…) Artículo 39º.- Las sesiones ordinarias se realizan en sesión ordinaria no menos de dos ni más de cuatro veces al mes. Las sesiones ordinarias son convocadas con al menos cinco (05) días hábiles de anticipación, deben realizarse en el local sede de la entidad en días laborables, bajo responsabilidad administrativa del Alcalde. En caso de ausencia o suspensión del Alcalde, el encargado de realizar la convocatoria será el Teniente Alcalde o quien lo suceda, conforme la Ley Orgánica de Municipalidades. (…) Artículo 52º.- Sin perjuicio de los pedidos que pudiesen formular por escrito ante la Gerencia Municipal, en esta estación el Alcalde y los Regidores podrán formular en forma concisa los pedidos que estimen pertinente, con una intervención máxima de tres (03) minutos por cada pedido. El Alcalde dispondrá el trámite que se debe dar a cada uno de ellos; si por la urgencia del pedido se hace necesario el inmediato pronunciamiento del Concejo, el Alcalde someterá necesariamente al voto de los miembros del Concejo que el pedido pase a la Orden del Día, estación en la que recién se producirá su fundamentación y debate.” Artículo 53º.- Las solicitudes de información que hayan formulado los regidores, y que no hayan sido atendidas dentro del plazo diez (10) días calendario, habilita al Regidor solicitante, a requerir, en esta estación, que el Gerente Municipal informe verbalmente sobre la materia, bajo responsabilidad.” Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del íntegro del texto de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe) y el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe). Artículo Tercero .- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 2117889-1