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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (24/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 24 de octubre de 2022 El Peruano / a) Materia. b) El problema público que se pretende solucionar con su debido sustento. c) Identi fi cación del grupo de interés. d) La fecha tentativa de inicio de elaboración del AIR.e) La fecha tentativa en la que se pretende emitir una solución regulatoria o no regulatoria. f) El tipo de AIR que se aplicará. 7.4. La Agenda Temprana se publica a más tardar el último día hábil del mes de enero de cada año y posteriormente puede ser modi fi cada en caso se identi fi que la existencia de problemas públicos relevantes o excepcionales, a propuesta de la DPN o de cualquier otro órgano o unidad orgánica de la Sunass. Las modi fi caciones se pueden proponer cada seis meses. 7.5. La Agenda Temprana y sus modi fi caciones son aprobadas mediante resolución del Presidente Ejecutivo. Una vez aprobadas, son expuestas al Consejo Directivo de la Sunass y difundidas en el portal institucional, a través de medios electrónicos o redes de información”. Artículo 2 .- Modi fi car el párrafo 8.5, 8.6, 8.7 del numeral 8, y el literal d) del numeral 9 de las “Disposiciones para la Aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio”, conforme se detalla a continuación: “8.5. Clases de AIR: El AIR de alto impacto es aquel que se realiza a partir de la veri fi cación de alguno de los siguientes criterios: (…)El AIR de bajo impacto se realiza en los casos que no se cumpla con algunos de los criterios señalados anteriormente. (…)”. “8.6. Excepciones:El CAIR puede aprobar la excepción de lo siguiente:a) De la realización de la consulta pública, cuando esta se encuentra sustentada en el riesgo de incumplir con el plazo otorgado por norma superior para emitir una regulación de competencia de la SUNASS, aún cuando se haya actuado con diligencia. El CAIR evalúa dentro del plazo de tres días hábiles la solicitud de excepción presentada por la DPN”. “8.7. Participación del CAIR en el AIR:a) El CAIR aprueba o deniega las excepciones señaladas en el punto 8.6 del presente documento, para ello la DPN debe presentar un informe sustentando dicha solicitud de excepción. c) Durante la evaluación: el CAIR tiene un plazo de diez días hábiles para aprobar el AIR o recomendar a la DPN que, en un plazo de diez días hábiles, subsane las observaciones realizadas. Posteriormente a la aprobación del informe AIR, este se publica en la página institucional de la Sunass. Todo ello, se realiza antes de la presentación al Consejo Directivo del proyecto normativo inicial. (…)”. “9. PARTICIPACIÓN DE LOS DIFERENTES ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS DE LA SUNASS EN EL PROCEDIMIENTO AIR: Responsabilidad de los órganos y unidades orgánicas de la Sunass: (…)d) La DPN informa a la Gerencia General las limitaciones y el avance en la ejecución de la Agenda Temprana en un informe parcial y un informe fi nal, precisando las actividades realizadas por los órganos y unidades orgánicas involucradas, así como las actividades pendientes de desarrollarse por parte de estas. Los informes parcial y fi nal se presentan a los 6 y 12 meses respectivamente a la aprobación de la Agenda Temprana. …”Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, la cual entra en vigor al día siguiente a la fecha de su publicación. Artículo 4 .- Disponer la difusión de la presente resolución y el Informe Nº 070-2022-SUNASS-DPN en el portal institucional y portal de transparencia de la Sunass (www.sunass.gob.pe). Regístrese, publíquese y difúndase.MAURO ORLANDO GUTIERREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 2117551-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 4000-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022122811 SATIPO - JUNÍN LICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecinueve de octubre de dos mil veintidós VISTOS: los O fi cios Nº 472-2022-SG/MPS y 487- 2022-SG/MPS, presentados el 12 y 17 de octubre de 2022, por doña Olivia Rivas Quispe, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento de Junín (en adelante, señora secretaria general), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Julia Sánchez Munive, regidora de la citada municipalidad (en adelante, señora regidora), con motivo de su participación en las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022 (en adelante, EMCP 2022). ANTECEDENTES 1.1. A través de los o fi cios citados en el visto, la señora secretaria general informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora. Para tal efecto, adjuntó la siguiente documentación: a) Solicitud de licencia sin goce de haber por el periodo de treinta (30) días, presentada el 5 de setiembre de 2022 por la señora regidora, con motivo de su participación en las EMCP 2022. b) Acta N° 17-2022-MPS/CM - XVII Sesión Ordinaria, del 14 de setiembre de 2022, en la que el concejo provincial aprobó la licencia sin goce de haber. c) Acuerdo de Concejo Nº 321-2022-CM/MPS, del 16 de setiembre de 2022, que formalizó la decisión de aprobar la referida licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 establece: Artículo 8.- Impedimentos para postular No pueden ser candidatos en las elecciones municipales: