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14 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2022 El Peruano / general para promover el mercado de los Biocombustibles en el país; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2021-EM se dispone la incorporación del Diesel BX destinado al uso vehicular en la lista señalada en el literal m) del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, bajo el cumplimiento de determinadas condiciones técnicas establecidas en la citada norma; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 002-2022-EM se determina, entre otros, disposiciones relacionadas con la vigencia de las Bandas de Precio Objetivo del Diesel BX UV, establecidas por OSINERGMIN; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 011-2022-EM se establece, entre otros, que la actualización de la Banda de Precio Objetivo para el Diesel BX de uso vehicular es equivalente a cinco por ciento (5%) de la variación en el precio fi nal al consumidor de este producto y en ningún caso debe superar dicha variación; Que, el FEPC es un mecanismo que mitiga la volatilidad de los precios internacionales del petróleo y sus derivados en el mercado nacional, sin embargo, en los últimos meses los precios en Venta Primaria se han incrementado, impactando en igual medida el precio fi nal al usuario. Ello explicado por la alta volatilidad del precio del internacional del petróleo y de sus derivados; y en particular de una reciente tendencia al alza del precio del marcador internacional del Diesel; Que, en tal sentido, resulta necesario extender el plazo para la actualización y publicación de la Banda de Precios Objetivo del Diesel BX de uso vehicular hasta el último jueves del mes de diciembre de 2022, a fi n de mitigar la volatilidad de los precios del citado combustible en el mercado peruano, permitiendo atenuar sus efectos por un periodo más amplio para bene fi cio del consumidor fi nal; Que, de acuerdo a ello, y tomando en cuenta la fi nalidad del mecanismo del FEPC, resulta necesario mantener la vigencia de la Banda de Precio Objetivo del Diesel BX de uso vehicular establecidas el mes de setiembre por OSINERGMIN hasta el jueves 29 de diciembre de 2022; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 010-2004 que crea el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo y sus modi fi catorias; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1.- Vigencia de la Banda de Precio Objetivo del Diesel BX destinado al uso vehicular Establézcase que, la Banda de Precio Objetivo del Diesel BX destinado al uso vehicular, fi jadas por el OSINERGMIN mediante Resolución de Regulación de Tarifas Nº 051-2022-OS/GRT, se mantienen vigentes hasta el día jueves 29 de diciembre de 2022. Artículo 2.- Informe de Evaluación Dispóngase que en el plazo máximo de treinta (30) días calendario, el Ministerio de Energía y Minas elabora y remite al Ministerio de Economía y Finanzas, un informe que contenga la evaluación del impacto de los factores exógenos sobre el precio de los combustibles, así como las propuestas de alternativas que permitan mitigar dicho impacto. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Energía y Minas y por el Ministro de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Vigencia Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente norma entra en vigencia a partir del día 28 de octubre de 2022. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- Aplicación supletoria Dispóngase que, todo lo no previsto en la presente norma, se rige según lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modi fi catorias, así como sus normas complementarias. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2120027-1 INTERIOR Designan Subprefectos(as) Distritales en las regiones de Cusco, Junín, Huancavelica y Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 357-2022-IN-VOI-DGIN Lima, 25 de octubre de 2022VISTO: El Informe N° 001521-2022/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 25 de octubre de 2022; emitido por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación de distintas autoridades políticas a nivel nacional; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, las propuestas presentadas por la Dirección de Autoridades Políticas cumplen con el per fi l establecido en el Clasi fi cador de Cargo del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefectos(as) Distritales a los siguientes ciudadanos: