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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (28/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2022 El Peruano / Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería y como miembro suplente de la Segunda Área Especializada Colegiada Transitoria de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2119641-1 RELACIONES EXTERIORES Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SECRETARÍA GENERAL N° 0692-2022-RE Lima, 25 de octubre de 2022 VISTOS:El Informe Técnico N° ORH-038-2022, adjunto al Memorándum (ORH) N° ORH02172/2022, de 18 de octubre de 2022, de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe ORM N° 036-2022, adjunto al Memorándum (OPP) N° OPP02178/2022, de 19 de octubre de 2022, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum (LEG) N° LEG01949/2022, de 21 de octubre de 2022, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, se determinan los ámbitos de competencia de dicha institución pública en los asuntos de Política Exterior, Relaciones Internacionales y Cooperación Internacionales; y, se regulan sus funciones, su estructura orgánica y sus relaciones con otras entidades públicas; Que, a través del Decreto Supremo N° 135-2010-RE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento normativo que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación se formaliza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, establece y señala las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); asimismo, establece que las entidades disponían de un plazo de hasta seis (6) meses para adecuar su Manual de Clasi fi cador de Cargos a los lineamientos dispuestos en la Directiva en cuestión; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describe, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, asimismo, el numeral 6.1.7 de la Directiva en cuestión, dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, al amparo del marco legal citado, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0312-2022-RE, publicada el 20 de mayo de 2022, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y en su Segunda Disposición Complementaria Final, señala que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días (180) calendario contados a partir de la publicación de su reglamento; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; el mismo que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 5 de la referida ley, desarrolla los requisitos mínimos de los directivos públicos no comprendidos en dicho artículo, entre otros aspectos; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM prescribe que, para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31419, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) o el Manual de Per fi les de Puestos (MPP), según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de dicho Reglamento; esto es, hasta el 14 de noviembre de 2022; Que, en dicho contexto y de conformidad con el mandato establecido en la Ley N° 31419 y su Reglamento, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través del Informe Técnico ORH-038-2022, adjunto al Memorándum