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30 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2022 El Peruano / Autorizan Transferencia Financiera a favor del Gobierno Regional de Lima, para financiar el pago de servicios públicos de telecomunicaciones de las instituciones abonadas obligatorias de los Proyectos de Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 951-2022-MTC/01 Lima, 27 de octubre de 2022VISTOS: El Memorando Nº 2226-2022-MTC/09 e Informe N° 1007-2022-MTC/09.03 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante Resolución Ministerial N° 1336-2021-MTC/01, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el literal q) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los gobiernos regionales, para el fi nanciamiento del pago de los servicios públicos de telecomunicaciones de las instituciones abonadas obligatorias de los Proyectos de Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social, a fi n de dar continuidad e inicio de operaciones durante el año 2022; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, establece que, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 de la referida Ley, para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; disponiendo que la resolución del titular del pliego sea publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 16.3 del artículo 16 de la referida Ley, dispone que la entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal m) del numeral 16.1 de la mencionada Ley, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; debiendo destinar los recursos públicos, bajo responsabilidad, solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, mediante O fi cio N° 0588-2022-GRL/GRPPAT, el Gobierno Regional de Lima, solicita una transferencia fi nanciera, a fi n de realizar el pago del servicio de internet de 457 instituciones bene fi ciarias (256 instituciones educativas y 201 puestos de salud), en el marco del Proyecto denominado “Instalación de banda ancha para la conectividad integral y desarrollo social de la región Lima”; Que, con Memorando N° 2226-2022-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 1007-2022-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual informa que la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, a través del Viceministerio de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sustenta una transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Lima, para el fi nanciamiento del pago de los servicios públicos de telecomunicaciones de las instituciones abonadas obligatorias de los Proyectos de Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social, por el monto de S/ 1 224 170,00 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 SOLES);Que, del mismo modo, en atención a lo expuesto en el considerando precedente, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del Gobierno Regional de Lima, hasta por la suma de S/ 1 224 170,00 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para el pago de los servicios públicos de telecomunicaciones de las instituciones abonadas obligatorias de los Proyectos de Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social, para la continuidad e inicio de operaciones durante el año 2022; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia fi nanciera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor del Gobierno Regional de Lima, hasta por la suma de S/ 1 224 170,00 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta por la suma de S/ 1 224 170,00 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Lima, para fi nanciar el pago de los servicios públicos de telecomunicaciones de las instituciones abonadas obligatorias de los Proyectos de Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social, a fi n de dar continuidad e inicio de operaciones durante el año 2022, conforme al sustento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atiende con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2022, Unidad Ejecutora 001: Administración General, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos (APNOP), Actividad “5001254. Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades”, Categoría del Gasto “Gasto Corriente”, Genérica de Gasto “2.4 Donaciones y Transferencias”. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Seguimiento La Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano.