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27 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2022 El Peruano / hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Publíquese, regístrese y comuníquese.RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “CONSTRUCCION DEL ANILLO VIAL PERIFERICO DE LA CIUDAD DE LIMA Y CALLAO” SUJETO ACTIVOSUJETO PASIVOIDENTIFICACION DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACION (S/) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PONCE CHAMORRO, MARTACÓDIGO: VIAL-AVP-T02-ST01- 150112-P-00263AREA AFECTADA: 88.30 m² AFECTACIÓN: Total del Inmueble 664 534,14LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADACOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 PSAD 56 ESTE (X) NORTE (Y) ESTE (X) NORTE (Y) Frente : colinda con Calle P-C. Longitud 6.00 m.Derecha : colinda con Lote 6. Longitud 14.95 m.Izquierda : colinda con Lote 8. Longitud 14.85 m.Fondo : colinda con Lotes 39,40. Longitud 5.85 m.A A-B 6.00 275969.5972 8675236.0435 276190.5541 8675604.7426 B B-C 14.85 275975.5602 8675236.7086 276196.5171 8675605.4076 C C-D 5.85 275977.1636 8675221.9454 276198.1205 8675590.6445 D D-A 14.95 275971.3616 8675221.1980 276192.3185 8675589.8971 PARTIDA REGISTRAL : P01355594 perteneciente a la O fi cina Registral de Lima - Zona Registral N° IX - Sede Lima CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : emitido con fecha 01/10/2021 (Informe Técnico N° 020365-2021-SUNARP-Z.R.N° N° IX-SEDE LIMA/UREG/CAT) por la O fi cina Registral de Lima - Zona Registral N° IX - Sede Lima. 2119381-1 Aprueban la ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por el proyecto: “Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cusco” y su valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 944-2022-MTC/01.02 Lima, 25 de octubre de 2022VISTO: El Memorando N° 1409-2022-MTC/24 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 041- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba disposiciones que facilitan la ejecución de los proyectos de redes e infraestructura de Telecomunicaciones, entre otros, declara de necesidad pública, utilidad pública e interés nacional la ejecución, operación y mantenimiento, del proyecto denominado: “Instalación de Banda Ancha para la conectividad integral y Desarrollo Social de la región Cusco”; y autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a aplicar el procedimiento establecido en el Título IV del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), respecto de los predios y bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del TUO de la Ley, indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de