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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (31/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Lunes 31 de octubre de 2022 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Designan Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del OSINFOR RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00050-2022-OSINFOR/01.1 Lima, 27 de octubre de 2022VISTO: El Informe N° 00075-2022-OSINFOR/05.2.1, del 24 de octubre del 2022, emitido por la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, el literal g) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM, establece que el/la Jefe/a del OSINFOR tiene la función de designar al personal de dirección y de confi anza de la citada Entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, cargo considerado de confi anza, resulta necesario designar a el/la servidor/a que desempeñará dicho cargo; Que, mediante Informe Nº 00075-2022- OSINFOR/05.2.1, del 24 de octubre del 2022, la Unidad de Recursos Humanos mani fi esta que la señora Tania Alida Trujillo Mallqui cumple con el per fi l para ocupar el cargo de Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración, opinando que resulta viable su designación en el referido cargo; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos, la Ofi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por el literal g) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 01 de noviembre de 2022, a la señora Tania Alida Trujillo Mallqui en el cargo de Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (https://www.gob.pe/osinfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA Jefa 2119913-1ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman la Resolución N° 01259-2022- JEE-PASC/JNE RESOLUCIÓN N° 4015-2022-JNE Expediente N° ERM.2022051558 HUARIACA - PASCO - PASCOJEE PASCO (ERM.2022046403) elecciones REGIONALES Y MUNICIPALES 2022apelación Lima, veintidós de octubre de dos mil veintidós VISTOS: en audiencia pública virtual de la fecha, los recursos de apelación interpuestos por don José Luis Panduro Piélago personero legal titular acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Pasco (en adelante, señor recurrente), y don Alexis Bryan Atencio, personero legal alterno nacional inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP); ambos personeros de la organización política Partido Democrático Somos Perú, en contra de la Resolución N° 01259-2022-JEE-PASC/JNE, del 4 de octubre de 2022, que consideró como el total de votos nulos la cifra seis (6) en el Acta Electoral N° 064523-46-U (en adelante, acta electoral), correspondiente al distrito de Huariaca, provincia y departamento de Pasco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Oído: los informes orales.PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. La O fi cina Descentralizada de Procesos Electorales (en adelante, ODPE) remitió el acta electoral, por contener error material, debido a que en el tipo de elección distrital el total de votos es menor que el total de ciudadanos que votaron y ambas menores al total de electores hábiles . 1.2. El JEE mediante la Resolución N° 01259- 2022-JEE-PASC/JNE, del 4 de octubre de 2022, señaló que las actas correspondientes a la ODPE y al Jurado Electoral Especial de Pasco (en adelante, JEE) tienen el mismo contenido, tal como se advierte a continuación: a. El “total de ciudadanos que votaron” es de 230 b. El total de votos emitidos en la elección distrital es de 230, según se consignó en el acta. c. El total de ciudadanos que votaron (230) es mayor a la suma de los votos emitidos en la elección distrital (229). 1.3. En ese sentido, el JEE determinó adicionar la cifra uno (1) a los votos nulos y, en consecuencia, consideró como el total de votos nulos la cifra seis (6) en la votación distrital del acta electoral. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 6 de octubre de 2022, a las 15:11 horas, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 01259-2022-JEE-PASC/JNE, en los siguientes términos: a) En el acta electoral existe una incongruencia respecto a la cantidad de votos, pues el total de votos emitidos es menor que el total de ciudadanos y ambas menores al total de electores hábiles; sin embargo, los miembros de mesa asignaron doscientos treinta (230) votos al acta electoral, al registrar un (1) voto como válido a la organización política Partido Frente de la Esperanza 2021, que no llevó candidato a la alcaldía distrital. b) “No es posible convalidar un acta con vicios de nulidad, dado que no es solo la afectación con vicios de nulidad a un voto, sino que la afectación resulta necesaria