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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (31/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Lunes 31 de octubre de 2022 El Peruano / del Tribunal Constitucional: STC N.os 03043-2006-PA/TC, 00728-2008-PHC/TC y 03943-2006-PA/TC. 2.5 Al respecto, cabe acotar que el escrutinio se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio (ver SN 1.3.). En el caso concreto, se tiene que en los tres ejemplares del acta electoral (ODPE, JEE y JNE) en el acta de escrutinio3, no se registró la asistencia ni ninguna observación por parte de los personeros de mesa o de los propios miembros de esta, actores electorales que debieron dejar constancia de algún inconveniente en el escrutinio al momento de ejercer sus funciones el día de las elecciones. Hacerlo posteriormente no corresponde, pues altera las actividades y etapas propias del proceso electoral. 2.6 Asimismo, del cotejo (ver SN 1.4.) realizado entre los tres ejemplares del acta electoral (ODPE, JEE y JNE), se advierte que el contenido es idéntico. Se debe recordar que, en reiterada jurisprudencia (Resoluciones N.° 0066-2020-JNE, N.° 0080-2020-JNE, N.° 0093-2020-JNE, N.° 0108-2020-JNE, entre otras), el Supremo Tribunal Electoral precisó que los ejemplares del acta electoral tienen el mismo valor. De allí, que este órgano colegiado, administrando justicia electoral, comparte el criterio y razonamiento adoptado por el JEE, toda vez que aplicó correctamente el numeral 5 del artículo 21 del Reglamento, en consecuencia, corresponde declarar infundado el recurso de apelación interpuesto y con fi rmar la resolución venida en grado. 2.7 La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por doña Giuliana Luz León Ramos, personera legal titular de la organización política Junín Sostenible con su Gente; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N.º 01081-2022-JEE-CHAN/JNE, del 5 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo remita la presente resolución a la O fi cina Descentralizada de Procesos Electorales. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por Resolución N.° 0981-2021-JNE, del 28 de diciembre de 2021. 2 Aprobado por la Resolución N.° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 En el artículo 6 del Reglamento: De fi niciones […] f. Acta de escrutinio Es la sección del acta electoral en la que se registran los resultados de la votación en la mesa de sufragio. Se anotan, también, los incidentes u observaciones registrados durante el procedimiento de escrutinio. 2120509-1 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES