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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (21/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de setiembre de 2022 El Peruano / Designan Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN N° 000072-2022-DP/SG Lima, 20 de septiembre del 2022VISTOS: El Memorando N° 000243-2022-DP/SG de la Secretaría General; el Proveído N° 007512-2022-DP/SSG de la Subsecretaría General; los Informes Nº 000067-2022-DP/SSG-ORH/ADPC y 000677-2022-DP/SSG-ORH, ambos de la O ficina de Recursos Humanos; el Informe Legal N° 000249-2022-DP/OGAJ, de la O ficina General de Asesoría Jurídica; todos de fecha 15 de setiembre de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución N° 000017-2021-DP/ SG de la Secretaría General, de fecha 12 de agosto de 2021, se encargó el puesto de Director de la O ficina de Abastecimiento, al señor Herbert Henry Rodríguez Ariza, en adición a sus funciones como Subdirector de Abastecimiento del Despacho Presidencial; Que, mediante Memorando N° 000243-2022-DP/ SG, el Secretario General comunica al Subsecretario General, que se ha dispuesto dar por concluida la encargatura mencionada en el considerando precedente, y designar al señor Klaus Meyer Chagua Tucto, en el cargo de Director de la O ficina de Abastecimiento de la O ficina General de Administración del Despacho Presidencial; Que, mediante el Informe N° 000677-2022-DP/SSG- ORH, sustentado en el Informe Nº 000067-2022-DP/SSG-ORH/ADPC del Área de Desarrollo de Personal y Capacitación, la O ficina de Recursos Humanos comunica los resultados de la evaluación requerida por la Alta Dirección, considerando viable la designación del señor Klaus Meyer Chagua Tucto, en el cargo de Director de la O ficina de Abastecimiento de la O ficina General de Administración del Despacho Presidencial, al cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; precisando que no se encuentra inhabilitado para ejercer función pública o para contratar con el Estado, ni cuenta con antecedentes judiciales y penales; y señalando que el citado cargo se encuentra clasi ficado como empleado de con fianza (EC); Con el visto de la Subsecretaría General, de la O ficina General de Asesoría Jurídica; de la O ficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, modi ficado por Decreto Supremo N° 037-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de puesto de Director de la O ficina Abastecimiento del Despacho Presidencial al señor Herbert Henry Rodríguez Ariza, conferida mediante la Resolución N° 000017-2021- DP/SG, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, al señor Klaus Meyer Chagua Tucto, en el cargo de Director de la O ficina de Abastecimiento de la O ficina General de Administración del Despacho Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO EDILBERTO PALOMINO DUARTE Secretario General 2107744-2ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Autorizan la realización del Concurso Público para la selección de tres miembros titulares y tres miembros suplentes del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00044-2022-OSINFOR/01.1 Lima, 20 de setiembre del 2022VISTOS:El Memorándum N° 00133-2022-OSINFOR/02.1.1, de fecha 09 de agosto de 2022, emitido por la Secretaría Técnica del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorándum N° 00295-2022-OSINFOR/05.2.1, de fecha 06 de setiembre de 2022, emitido por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; y, el Informe Legal N° 00090-2022-OSINFOR/04.2, de fecha 16 de setiembre del 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (en adelante, Decreto Legislativo N° 1085 ), señala que el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre está compuesto por tres (3) miembros designados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; los cuales son elegidos mediante concurso público y le son aplicables los requisitos establecidos en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085; Que, el artículo 29 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (en adelante, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085 ), establece que el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre está integrado por dos (2) abogados y un (1) ingeniero forestal o ingeniero en recursos naturales; y, la elección de los miembros se realiza mediante concurso público, siendo requisitos mínimos para participar en este proceso: (i) ser mayor de treinta y cinco años (35) de edad, (ii) ser profesional titulado y colegiado, con una experiencia no menor a diez (10) años, (iii) experiencia profesional no menor de tres (3) años en la materia forestal y fauna silvestre; y, (iv) contar con reconocida solvencia, idoneidad e integridad profesional; Que, el artículo 30 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085 establece que los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre son designados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por un periodo de tres (3) años; Que, el artículo 31 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, señala que las incompatibilidades para ser designado miembro del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre, son las mismas que se encuentran establecidas en el numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1085; asimismo, ninguno de los miembros del referido Tribunal podrá ejercer, simultáneamente, cargos directivos en el OSINFOR o en cualquiera de las autoridades del sector forestal a nivel nacional o regional; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1319, Decreto Legislativo que establece medidas para promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre de origen legal (en adelante, Decreto Legislativo N° 1319 ), se autoriza al OSINFOR a disponer