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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / VISTOS: Los Memoranda N° 1491-2022-MIDAGRI-SG/OGPP y N° 1516-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 338-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Informe N° 0168-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización; y, el Informe N° 1310-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria; Que, el numeral 2 del artículo 6 de la referida Ley, establece como funciones generales de este Ministerio, las funciones técnico-normativas que, comprende, entre otras, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley; Que, mediante la Cláusula Segunda del documento denominado “Convenio especí fi co para el desarrollo del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes y la ejecución de sus obras comunes en el marco de la gestión integrada de los recursos hídricos transfronterizos”, en adelante el Convenio Especí fi co, suscrito el 22 de marzo de 2017, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, entre el entonces Ministerio de Agricultura y Riego del Perú - MINAGRI, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y la entonces Secretaría del Agua del Ecuador - SENAGUA, hoy Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, se creó la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes (UCB-PBPT), cuyo propósito es elaborar el estudio de factibilidad, diseño defi nitivo y ejecución de obras comunes y supervisión/ fi scalización del proyecto, a través de la contratación de consultorías especializadas y constructoras; Que, la Cláusula Tercera del Convenio Especí fi co establece que la UCB-PBPT está integrada por las autoridades titulares de SENAGUA y MINAGRI, quienes podrán actuar a través de sus propios delegados, los cuales serán asistidos, al menos, por cuatro (4) miembros por cada país, debidamente acreditados; señala además, que los delegados ministeriales y los miembros técnicos de la UCB-PBPT, llevarán a cabo funciones, por el tiempo de cinco (5) años, pudiendo ser reemplazados en sus funciones; asimismo, la Cláusula Cuarta establece como función y atribución de las autoridades titulares del SENAGUA y MINAGRI o sus delegados, según corresponda: “a) Nombrar a cada uno de sus delegados, miembros técnicos de la UCB-PBPT y miembros de los Grupos Técnicos de apoyo de cada país” ; Que, conforme a la normativa, glosada precedentemente, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0146-2017-MINAGRI, precisada por la Resolución Ministerial N° 0061-2018-MINAGRI, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 225-2018-MINAGRI y por la Resolución Ministerial N° 0473-2018-MINAGRI, se designó a los miembros de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes (UCB - PBPT), por parte del Ministerio de Agricultura y Riego de la República del Perú, la misma que está conformada por los siguientes integrantes: i) Director(a) General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, quien actuará como Coordinador; ii) Director(a) Ejecutivo(a) del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes; iii) Director(a) de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; y, iv) Jefe(a) de la Autoridad Nacional del Agua;Que, mediante Informe N° 338-2022-MIDAGRI- SG/OGPP-OCAI la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la necesidad de modi fi car las acotadas Resoluciones Ministeriales, proponiendo una nueva conformación de miembros la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes (UCB - PBPT), por parte del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; incluyendo a tres (3) miembros nuevos: i) un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tumbes; un representante de la Administración Local de Agua Tumbes; y, un representante del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes; Que, por Memorándum (Leg) N° LEG01550/2022, acompañado al OF. RE (DGA) N° 2-9-B/612, la Ofi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, señala que “[15] De la lectura de este extremo de las cláusulas referidas se deduce, jurídicamente, que el MIDAGRI tiene potestad para nombrar de manera autónoma a sus delegados ministeriales y miembros técnicos en el marco de la UCB-PBPT. (…); [16] (…) considera que, desde el punto de vista técnico-jurídico, no es necesaria la modi fi cación del Convenio Especí fi co, sino que la modi fi cación del cuadro actual de delegados y miembros técnicos, del lado peruano, podría realizarse a través de una nueva resolución ministerial del MIDAGRI, como se deduce de la cuarta cláusula que permite que la autoridad titular del MIDAGRI puede nombrar a cada uno de sus delegados y miembros técnicos en el contexto de la UCB-PBPT” ; Que, en tal sentido, el Embajador - Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, mediante el OF. RE (DGA) N° 2-9-B/612, sugiere se incorpore en el capítulo peruano de la UCB-PBPT a representantes del Gobierno Regional de Tumbes, del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Tumbes y de la Administración Local del Agua Tumbes, en calidad de “miembros técnicos”, a través de una resolución ministerial; Que, en tal sentido, es necesario incorporar a un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tumbes; un representante de la Administración Local de Agua Tumbes; y un representante del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes, como miembros de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes (UCB - PBPT), por parte del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego de la República del Perú; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; RESUELVE:Artículo 1.- Designar a los miembros de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes (UCB - PBPT), por parte del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI de la República del Perú, de la siguiente manera: Delegados ministeriales:1. Director/a General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, quien actuará como Coordinador. 2. Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes. 3. Jefe/a de la Autoridad Nacional del Agua.4. Director/a de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua.