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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, el literal h) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH dispone que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos el/la Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; quien de conformidad con el sub numeral 6.1.7 del numeral 6 de la citada directiva aprueba el MCC; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través de los Informes N° D000299-2022-MIMP-OPTP, N° D000436-2022-MIMP-OPTP y N° D000457-2022-MIMP-OPTP complementados con el correo institucional de fecha 26 de setiembre de 2022 de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal, sustenta la necesidad de aprobar el nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en cumplimiento con lo dispuesto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de los Informes N° D000095-2022-MIMP-OMI y N° D000164-2022-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; señalando que resulta necesario dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 250-2021-MIMP que aprueba el “Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables respecto a los cargos contenidos en la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP”; Que, mediante Informe N° D000157-2022-MIMP- OGAJ y las Notas N° D000233-2022-MIMP-OGAJ y D000314-2022-MIMP-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que, teniendo en cuenta el marco normativo expuesto y lo sustentado por los órganos competentes de la entidad; resulta legalmente procedente la emisión de la presente resolución; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; en la Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 250-2021-MIMP que aprueba el “Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables respecto a los cargos contenidos en la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP”. Artículo 2 .- Disponer que la Secretaría General, en el marco de lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA DÁVILA MOSCOSO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2110042-1Aprueban Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Ejecutora: 001 Administración Nivel Central, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 046-2022-MIMP-SG Lima, 27 de setiembre de 2022Vistos, los Informes N° D000299-2022-MIMP-OPTP, N° D000436-2022-MIMP-OPTP y N° D000457-2022-MIMP-OPTP complementados con el correo institucional de fecha 26 de setiembre de 2022 de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; los Memorandos N° D000551-2022-MIMP-OGRH, N° D000771-2022-MIMP-OGRH y N° D000805-2022-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; los Informes N° D000095-2022-MIMP-OMI y N° D000164-2022-MIMP-OMI de la Ofi cina de Modernización Institucional; los Memorandos N° D000475-2022-MIMP-OGPP y N° D000669-2022-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000157-2022-MIMP-OGAJ y las Notas N° D000233-2022-MIMP-OGAJ y N° D000314-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30057 señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante Servir, formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la referida Autoridad Nacional, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos y b) Administración de puestos; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 250-2021-MIMP, de fecha 22 de setiembre de 2021, se aprueba el “Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables respecto a los cargos contenidos en la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP”, el mismo que se dejó sin efecto por Resolución de la Titular del Pliego del MIMP; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 16 de noviembre de 2021, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” que tiene por objetivo establecer y precisar normas técnicas