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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / Técnica Vehicular fi jo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta y con la ampliación de una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Menor, por el plazo de cinco (05) años, otorgadas mediante Resolución Directoral Nº 3609-2017-MTC/15 y Nº 712-2018-MTC/15, de fecha 11 de agosto de 2017 y 07 de febrero de 2018, publicadas en el Diario O fi cial “EL Peruano” el 27 de agosto de 2017 y 17 de febrero de 2018, en el local ubicado en Av. Fray Jerónimo Jiménez S/N Urb. San Carlos, distrito La Merced, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. Debiendo entenderse el inicio de vigencia de la renovación de la autorización a partir del 29 de agosto de 2022. Artículo 2.- La empresa “REVISIONES TECNICAS VTA E.I.R.L.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza24 de febrero del 2023 Segunda renovación o contratación de nueva póliza24 de febrero del 2024 Tercera renovación o contratación de nueva póliza24 de febrero del 2025 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza24 de febrero del 2026 Quinta renovación o contratación de nueva póliza24 de febrero del 2027 En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa “REVISIONES TECNICAS VTA E.I.R.L.”, a través de Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en Av. Fray Jerónimo Jiménez S/N Urb. San Carlos, distrito La Merced, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CHRISTIAN FIGUEROA CAMACHO DirectorDirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2109173-1 Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe Publica en nuestra versión móvil andina.pe Conecta con los usuarios e impulsa el mensaje de tu marca . Redes Sociales: