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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 191-2022-J-OPE/INS Lima, 27 de setiembre de 2022 VISTO: El Informe N° 007-2022-UE004/INS y la Nota Informativa N° 001-2022-WJM-UE004/INS de la Unidad Ejecutora 004. Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica; la Nota Informativa Nº 0225-2022-OEPPI-OGAT/INS, de la O fi cina Ejecutiva de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones, con Proveído N° 349-2022-DG-OGAT/INS de la O fi cina General de Asesoría Técnica; el O fi cio N° 001095-2021- CG/DC de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 054-2022-TLLVH-OGAJ/INS con Proveído Nº 120-2022-DG-OGAJ/INS de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a través del cual se establecen los montos de Gastos Corrientes, Gastos de Capital y Servicio de la Deuda, los Créditos Presupuestarios correspondientes a los Pliegos que constituyen los límites para ejecutar gastos durante el año fi scal 2022, así como otras disposiciones vinculadas a la ejecución del Presupuesto; Que, mediante Resolución Jefatural N° 253-2021-J-OPE/INS de fecha 30 de diciembre de 2021, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 131 Instituto Nacional de Salud, por un monto ascendente a S/ 133’271,613.00 (CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Ley, señala que los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se refi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y, el numeral 4.2 del citado artículo dispone que, las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, en el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01 y modi fi cada mediante Resolución Directoral N° 007- 2022-EF/50.01, se establece el procedimiento de registro para la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones; Que, mediante el O fi cio N° 2505-2021-OGPPM-OPMI/ MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud remite el O fi cio Nº 001095-2021-CG/DC, con fecha 13 de diciembre de 2021, a través del cual la Contraloría General de la República comunica que, con el fi n de dar cumplimiento al mandato legal dispuesto en la Ley Nº 31358, se ha identi fi cado y priorizado en una primera etapa un grupo de gastos de inversión que se vienen ejecutando por el Ministerio de Salud bajo las modalidades de Proyectos de Inversión Pública, Asociaciones Público Privadas y/u Obras por Impuestos, conforme al detalle consignado en el Anexo 1 adjunto que, determina en su numeral 8 que, el monto correspondiente para fi nanciar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para el Proyecto de inversión 2502896: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS BRINDADOS POR EL SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA 25 DEPARTAMENTOS, asciende a S/.174,099.00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); por lo que, solicita se tenga a bien disponer se efectúen las acciones necesarias para garantizar el fi nanciamiento del control recurrente; Que, mediante Proveído N° 349-2022-OGAT/INS de fecha 15 de setiembre de 2022, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Técnica, hace suyo en todos sus extremos, el contenido de la Nota Informativa Nº 0225-2022-OEPPI-OGAT/INS, del Director Ejecutivo (e) de la O fi cina Ejecutiva de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones, a través del cual remite la Nota de Modi fi cación Presupuestal N° 002 por el monto de S/.174,099.00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); para fi nanciar la acción de control concurrente a favor del Pliego 019: Contraloría General; Que, mediante la Nota Informativa N° 001-2022-WJM- UE004/INS, se remite la Certi fi cación de Crédito Presupuestal N° 001-2022 por la suma de S/ 174 099,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar una (01) inversión a cargo del Pliego 131. Instituto Nacional de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, en ese marco, mediante el Informe N° 007-2022- UE004/INS, el señor Manuel Céspedes Zambrano, en el marco de las funciones encargadas mediante Resolución Jefatural N° 117-2022-J-OPE/INS, solicita atender lo requerido por la Contraloría General de la República para el control gubernamental en gasto de inversión en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 131. Instituto Nacional de Salud a través de la Unidad Ejecutora 004. Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica, hasta por la suma de S/ 174 099,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Con los vistos de los Directores Generales de las Ofi cinas Generales de Administración y de Asesoría Jurídica; y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema