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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 181

181 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / 1.5. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios municipales de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2022. De esta manera, en el numeral 6 de la parte resolutiva, se dispuso que: […] 6.1. Las solicitudes de licencia tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 14 de junio de 2022, por ser el plazo máximo para solicitar la inscripción de las listas de candidatos. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 2 de setiembre de 2022 (30 días calendario antes de las elecciones). […] En la Resolución Nº 0919-2021-JNE, que aprobó los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM 2022 3 1.6. El Pleno del JNE estableció, entre otros, los casos de licencia sin goce de haber de las autoridades regionales y municipales que la soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, el numeral 3 de la parte resolutiva determinó: […] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. […] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 4 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Considerando los o fi cios Nº 241-2022-GSG/ MDJLBYR y Nº 256-2022-GSG/MDJLBYR, la señora recurrente informó que el señor regidor comunicó a la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero su renuncia ante el JEE, debido a que mediante Resolución Nº 02068-2022-JEE-AQPA/JNE, del 18 de agosto del 2022, el JEE aceptó su renuncia a la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, respecto de lo cual se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 069-2022/MDJLBYR, que formalizó la decisión de dejar sin efecto la licencia sin goce de haber solicitada a partir del 2 de setiembre de 2022. En ese sentido, corresponde a este Máximo Tribunal Electoral dejar sin efecto, a partir de la referida fecha, la credencial concedida a doña Yanina Maybe Zurita Lima, para que asumiese, provisionalmente, el cargo de regidora de la referida comuna, y retorne a su cargo el señor regidor, convocado en los términos que señala la Resolución Nº 2841-2022-JNE. 2.2. Asimismo, toca restablecer, a partir de la referida fecha indicada, la vigencia de la credencial que reconoce a don Niver Fernando Laura Yana como regidor del Concejo Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, la cual se había dejado sin efecto de manera temporal en los términos que indica la Resolución Nº 2841-2022-JNE. 2.3. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , a partir del 2 de setiembre de 2022, la credencial otorgada a doña Yanina Maybe Zurita Lima, con el cual asumió, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, conforme lo dispuso la Resolución Nº 2841-2022-JNE, del 20 de agosto de 2022. 2. RESTABLECER , a partir del 2 de setiembre de 202, la vigencia de la credencial que le fue otorgada a don Niver Fernando Laura Yana como regidor del Concejo Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2110893-1 Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 3836-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022090832 PACANGA – CHEPÉN – LA LIBERTADLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, trece de setiembre de dos mil veintidósVISTOS : los O fi cios Nº 055-2022-MDP/GM y Nº 059- 2022-MDP/GM, presentados el 1 y 13 de setiembre de 2022, respectivamente, po r don Lázaro Cornejo de la