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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 194

194 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / solicitados por la Contraloría General de la República, en el marco de las disposiciones de la presente ley ”; Que, por otra parte, mediante Resolución Directoral N° 007 -2022-EF/50.01 se modi fi có el numeral 18.1 del artículo 18° de la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” referido a transferencias fi nancieras, de la siguiente manera: “18.1. El Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro de acuerdo a lo siguiente: a) Cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes. b) Cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital. Excepcionalmente, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, adicionalmente a lo señalado en el párrafo precedente del presente literal y solo para los siguientes casos, el registro debe realizarse conforme a lo siguiente: (…) ii) Cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, de acuerdo a la información brindada por la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto del pliego 452 Gobierno Regional Lambayeque, y conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, el presente caso se subsume en la excepción establecida en el inciso ii) del numeral 18.1 del artículo 18° de la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; Que, en virtud a los Principios de Legalidad, Presunción de Veracidad y Buena Fe Procedimental, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el Titular del Pliego del Gobierno Regional Lambayeque asume que la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Lambayeque han remitido información que se ajusta a la realidad y que es correcta, asimismo que, ha realizado una evaluación técnica adecuada y conforme al marco normativo legal vigente en relación a la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República para el fi nanciamiento del costo de control concurrente - SEDE LAMBAYEQUE. En tal sentido, los informes y/u ofi cios emitidos en relación a la citada transferencia son de exclusiva responsabilidad de los que suscriben los mismos; Contando con las visaciones del Gerente General Regional, el Jefe de la O fi cina Regional de Administración, el Jefe de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Secretario General y el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Ley 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Articulo 1º.- APROBAR la transferencia fi nanciera en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la Expansión del Control Concurrente con la fi nalidad de efectuar acciones de Control Concurrente a los Proyectos de Inversión con Código Único: 2173453, 2202477, 2413934, 2403649, 2359253, 2495401 y 2403652 hasta por un monto de S/. 2 169 294.95 (DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 95/100 SOLES) a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados – Fondo de Compensación Regional, de los recursos autorizado en el Presupuesto Institucional de Apertura mediante Ley N°31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022 y los recursos incorporados en el marco de la Resolución Directoral N°020-2021-EF/50.01 y Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°31365. Articulo 2°.- DETERMINAR que los recursos transferidos a la que hace referencia el artículo precedente, no podrán ser destinados bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos. Articulo 3°.- TRANSCRÍBASE la presente Resolución a la Comisión del Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso, a la Contraloría General de la República, a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y demás dependencias administrativas del Pliego 452 Gobierno Regional de Lambayeque Articulo 4°.- DISPONER que la O fi cina Organización y Tecnologías de la Información publique la presente resolución en el Portal Web del Gobierno Regional Lambyeque; y, la O fi cina Regional de Administración la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a Ley. Articulo 5°.- NOTIFICAR el presente acto resolutivo a la Gerencia General Regional, la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Órgano de Control Institucional y demás órganos competentes del Gobierno Regional Lambayeque para su conocimiento, con las formalidades establecidas por Ley. Regístrese, comuníquese y archívese.LUIS ALBERTO DIAZ BRAVO Gobernador Regional de Lambayeque 2110709-1 Rectifican la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000327-2022-GR.LAMB/GR [4157339 - 86] que autorizó transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 000499-2022-GR. LAMB/GR [4157339 - 119] Chiclayo 23 de septiembre de 2022VISTO:El INFORME N° 000468-2022-GR. LAMB/ORPP- OFPR [4157339-120], emitido por la O fi cina de Presupuesto y el OFICIO N° 002420-2022-GR.LAMB/ORPP [4157339-122], emitido por la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO:Que, con fecha 11 de Agosto del 2022, mediante informe N° 000373-2022-GR.LAMB/ORPP-OFPR [4157339 - 87] se remite adjunto el Proyecto de Resolución de la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República dando cumplimiento a lo solicitado por la misma, en cumplimiento al marco normativo de la Ley 31358 Ley que Establece medidas para la Expansión del Control Concurrente y Resolución de Contraloría N°103-2022-CG que aprueba la Directiva N°008-2022-CG/GMPL, la cual posteriormente con fecha 22 de Agosto del 2022 fue formalizada siendo la RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 000327-2022-GR.LAMB/GR [4157339 - 86] aprobando en su