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70 NORMAS LEGALES Sábado 15 de abril de 2023 El Peruano / Madre de Dios, designada en el Despacho a su cargo, quien requiere su retorno a su plaza de origen, por motivos personales; asimismo, se adjunta la propuesta para el nombramiento en su reemplazo. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, estando a lo expuesto en el o fi cio señalado en el primer párrafo, corresponde emitir el acto resolutivo a efectos de dar por concluida la designación de la abogada Karina Chambilla Chirinos, Fiscal Provincial Titular Mixta de Tambopata, en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, y designarla en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata, para ello previamente deberá de darse por concluido el nombramiento del fi scal que ocupa provisionalmente dicha plaza fi scal; así como, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al reemplazo correspondiente que ocupe provisionalmente el referido cargo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Karina Chambilla Chirinos, Fiscal Provincial Titular Mixta de Tambopata, Distrito Fiscal de Madre de Dios, en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, así como la vigencia de la misma, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2401-2022-MP-FN, de fecha 12 de noviembre de 2022. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Carmen Gabriela Lagos Faydel, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Corporativa) de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huaura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1991-2018-MP-FN, de fecha 14 de junio de 2018. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jesús Heradio Viza Ccalla, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4841-2015-MP-FN, de fecha 29 de septiembre de 2015, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Karina Chambilla Chirinos, Fiscal Provincial Titular Mixta de Tambopata, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata. Artículo Quinto.- Nombrar a la abogada Carmen Gabriela Lagos Faydel, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, con retención de su cargo de carrera. Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, conforme a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 183-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022 y a lo establecido en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huaura, Madre de Dios y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2169334-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Precisan que servidora se mantiene en el ejercicio de sus funciones en el cargo de confianza de Oficial de Seguridad y Confianza Digital de la Oficina de Tecnologías de la Información del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000071-2023/JNAC/RENIEC Lima, 13 de abril del 2023 VISTOS: La Resolución Jefatural N° 000193-2022/JNAC/ RENIEC (28OCT2022) de la Jefatura Nacional del RENIEC, la Resolución Secretarial N° 000022-2023/SGEN/RENIEC (02MAR2023) de la Secretaria General, el Informe N° 000135-2023/OPH/UGP/RENIEC (05ABR2023) de la Unidad de Gestión de Personal de la O fi cina de Potencial Humano; la Hoja de Elevación N°