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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (20/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 20 de abril de 2023 El Peruano / en su estructura de costos previo a la autorización, aprobación o inicio de su ejecución (…)”. (…). Atentamente, [Firma digital o manuscrita] ______________________________ [Nombre y apellidos completos] [DNI] [Cargo] [Nombre de entidad] Documentos adjuntos:- Anexo del O fi cio N° ____________ - Documento que aprueba o autoriza ejecución del gasto - [Listar otros documentos adjuntos, de corresponder] (…).” 1 Numeral 6.2.2 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional” aprobada con Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG de 30 de diciembre de 2020 y su modi fi catoria: “El OCI se encuentra implementado cuando cuenta con el personal, infraestructura y los recursos logísticos necesarios para el ejercicio de la función de control de las entidades, en atención a la determinación de las necesidades que efectúe el jefe del OCI y de conformidad con las disposiciones que sobre el particular emita la Contraloría”. 2 Publicada el 16 de noviembre de 2021 en el Diario O fi cial El Peruano. 3 Aquellas generen el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, incluyendo a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión. 2170594-1 Designan Jefe/a del Órgano de Control Institucional de entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Ayacucho RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 140-2023-CG Lima, 18 de abril de 2023 VISTOS: La Hoja Informativa N° 000017-2023-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; los Memorandos N° 000414-2023-CG/POLDEH y N° 000601-2023-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa Nº 000154-2023-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000224-2023-CG/GRAY, de la Gerencia Regional de Control de Ayacucho; el Memorando Nº 000292-2023-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000324-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000344-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe de OCI, es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fi scal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realiza, entre otros, la Gerencia Regional de Control de Ayacucho; encargo ampliado durante el año fi scal 2023, en mérito a la Resolución de Contraloría N° 405-2022-CG de 22 de diciembre de 2022; Que, en dicho contexto, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa N° 000017-2023-CG/VCIC, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, considera procedente aprobar las propuestas presentadas por la Gerencia Regional de Control de Ayacucho, para dar por terminada la designación en los cargos de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de seis (6) entidades bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; así como designar en los cargos de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de nueve (9) entidades bajo su ámbito de control; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento