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73 Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / PROYECTO 2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° XX-2023 de fecha XX de XXXXX de 2023. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de valores máximos Fijar los valores máximos de los presupuestos y de los cargos mensuales de reposición y mantenimiento de la conexión eléctrica, aplicables a los usuarios fi nales del servicio público de electricidad de acuerdo a lo siguiente: 1. Presupuestos y Cargos de Reposición de la Conexión Eléctrica Los presupuestos y cargos de reposición de la conexión eléctrica se aplicarán de acuerdo a los tipos de conexión, nivel de tensión, fases, potencia conectada, tipo de red, tipo de acometida y opciones tarifarias que se señalan en la Tabla N° 1.1 del Anexo N° A. 2. Cargos de Mantenimiento de la Conexión EléctricaLos cargos de mantenimiento de la conexión eléctrica se aplicarán de acuerdo a los grupos de conexión, nivel de tensión, fases, potencia conectada, tipo de red, tipo de medición y opciones tarifarias que se señalan en la Tabla N° 1.2 del Anexo N° A. 3. Parámetros, Presupuestos, Cargos y Fórmulas de Cálculo Los presupuestos, cargos de reposición y mantenimiento de la conexión eléctrica, aplicables a los usuarios del servicio público de electricidad son los fi jados en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4. Tratándose de las zonas de la amazonía, los presupuestos, cargos de reposición y mantenimiento de la conexión eléctrica, aplicables a los usuarios del servicio público de electricidad son los fi jados en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4, multiplicados por un factor igual a 1,12. Dichos valores resultantes para las zonas de la amazonía, serán aplicados de acuerdo a las disposiciones y plazos de exoneración del IGV previstos en la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, y en sus normas modi fi catorias y complementarias. Concluida la exoneración del IGV, serán aplicables los valores fi jados en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4. El Factor del Costo del IGV a que se re fi ere el párrafo precedente, será vigente en tanto el IGV aplicado a los precios de compra no sea recuperable o utilizado como crédito fi scal. Cualquier variación normativa sobre el referido IGV durante el período regulatorio, determinará la adecuación inmediata de dicho Factor por parte de las empresas y de Osinergmin. 3.1 De fi nición de Parámetros Parámetro Descripción CRCBCargo de reposición de la conexión en baja tensión, en Soles (S/) CRCMCargo de reposición de la conexión en media tensión, en Soles (S/) CMCBCargo de mantenimiento de la conexión en baja tensión, en Soles (S/) CMCMCargo de mantenimiento de la conexión en media tensión, en Soles (S/) CRMBCargo de reposición y mantenimiento de la conexión en baja tensión, en Soles (S/) CRMMCargo de reposición y mantenimiento de la conexión en media tensión, en Soles (S/) 3.2 Presupuestos de la Conexión Eléctrica 3.2.1 Conexión en Baja TensiónEl costo de la conexión en baja tensión comprende el costo de la acometida, el equipo de medición, la protección y su respectiva caja. La conexión debe ser suministrada e instalada necesariamente por la empresa.Los presupuestos para las conexiones en baja tensión se detallan en el Anexo N° B, como sigue: Postpago - Tabla N° 2.1: Conexiones en baja tensión 220 V - Tabla N° 2.2: Conexiones en baja tensión múltiples 220 V - Tabla N° 2.3: Conexiones en baja tensión 380/220 V- Tabla N° 2.4: Conexiones en baja tensión múltiples 380/220 V Prepago- Tabla N° 2.5: Conexiones en baja tensión 220 V, Prepago 3.2.2 Costo por Metro de CableEl costo por metro de cable se aplica al presupuesto de la conexión eléctrica prepago, según la cantidad de cable necesaria para la instalación del cable de energía (cable concéntrico), según la potencia conectada, a efectos de la conexión del medidor prepago al interior del predio del usuario. El costo por metro de cable se detalla en el Anexo N° B, como sigue: - Tabla N° 2.6: Costo por metro de cable de conexiones en baja tensión 220 V, Prepago 3.2.3 Conexión Básica en Media TensiónEl costo de conexión básica en media tensión comprende el costo de la caja de medición, medidor y transformadores de medida. La conexión básica debe ser suministrada e instalada necesariamente por la empresa. Los presupuestos para las conexiones básicas en media tensión se detallan en el Anexo N° B, como sigue: - Tabla N° 2.7: Conexiones básicas en media tensión (10 kV, 13,2/7,62 kV y 22,9/13,2 kV) 3.2.4 Costos de Otros Elementos Electromecánicos en Media Tensión Los costos de otros elementos electromecánicos en media tensión se aplican junto con los costos de las conexiones básicas en media tensión. Dichos otros elementos electromecánicos necesarios para la conexión en media tensión deben ser suministrados e instalados por la empresa, siempre y cuando se requiera la instalación de estos elementos y el usuario lo solicite expresamente. Los costos de los otros elementos electromecánicos en media tensión fi jados son los siguientes: empalme de acometida, cable de acometida, caja de protección, sistema de protección y seccionamiento, protección contra sobretensión, excavación y compactación de zanja, rotura y reparación de vereda, murete y protección de estructuras. Los costos de los otros elementos electromecánicos se detallan en el Anexo N B, como sigue: - Tabla N° 2.8: Otros elementos electromecánicos en media tensión (10 kV, 13,2/7,62 kV y 22,9/13,2 kV) 3.2.5 Costo por Vereda, Murete y Mástil en Baja Tensión El costo por vereda se aplica cuando el tipo de acometida sea subterránea con vereda de acuerdo con los requerimientos de cada conexión. Los costos de murete y mástil se aplican cuando sean necesarios y el usuario lo solicite expresamente. Los costos se detallan en el Anexo N° B, como sigue: - Tabla N° 2.9: Costo por vereda, murete y mástil en baja tensión 3.3 Cargos de ReposiciónLos cargos de reposición para las conexiones en baja y media tensión se fi jan para los tipos de conexión señalados en la Tabla N° 1.1 del Anexo N° A.