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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / orientar las actividades públicas y privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobada por Decreto Supremo N° 023-2021- MINAM prevé como Objetivo Prioritario N° 9 mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía, disponiendo en su servicio OP9.51, que el Ministerio del Ambiente deberá fortalecer las capacidades institucionales a los gobiernos sub nacionales, para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; estableciendo como indicador de cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA); Que, en los lineamientos: 1. Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria, y 2. Mejorar la sostenibilidad de la acción ciudadana en materia ambiental, de la Política Nacional del Ambiente al 2030, permiten alcanzar el Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía; Que, con Informe Nº 10-2023-MDSA/OGPP-GSMGA del 10 de enero del 2023, el Jefe de la Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental Arq. Job Vidal Uribe Cecenarro, solicita opinión respecto del Programa del Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Antonio; recomendando su aprobación a fi n de contar con un instrumento de plani fi cación y gestión de carácter municipal, adjuntando propuesta del Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Que, mediante Informe Nº 014-2023-MDSA/OGPP-GSMGA, del 12 de enero del 2023, el Jefe de la Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental Arq. Job Vidal Uribe Cecenarro, solicita opinión respecto al Plan de Trabajo 2023 del Programa del Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Antonio; indicando que es necesario que la Municipalidad Distrital de San Antonio cuente tanto con el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental, activo y vigente, así como el Plan de Trabajo Anual para la implementación del citado programa; Que, con Informe Nº022-2023-OGPP-GM-MDSA del 12 de enero del 2023, el Jefe de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto Ing. Percy Hernán Velásquez Arpasi, emite opinión respecto al “Programa Municipal EDUCCA”, indicando que “Debe aprobarse el presente programa mediante acto resolutivo con el fi n de tramitar el fi nanciamiento ante el MINAM y/o considerar dentro de un Proyecto de Inversión para la ejecución del programa por ser de suma importancia para el desarrollo local”; Que, conforme el Informe Nº028-2023-MDSA/GM- GSMGA de fecha 17 de enero del 2023, el Jefe de la Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental Arq. Job Vidal Uribe Cecenarro, solicita el trámite ante Concejo Municipal, indicando que “Considerando la opinión del área usuaria como del área del planeamiento y presupuesto, se hace necesario el tramitar la aprobación del Programa Municipal EDUCCA a través de Concejo Municipal, mediante una Ordenanza Municipal”; Que, mediante Opinión legal N° 020-2023-OGAJ/ MDSA de fecha 19 de enero de 2023, el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica Abog. Rolando Alejandro Aduvire Ramos, emite opinión legal sobre trámite ante Consejo Municipal de Programa Municipal EDUCCA, cuya opinión legal indica que “conforme a lo expuesto, este órgano de asesoramiento, es de Opinión Procedente para la continuación del trámite administrativo y posterior sea elevado y puesto a consideración del pleno del Concejo Municipal para su evaluación y aprobación mediante Ordenanza Municipal y recomendando se derive el presente expediente a la comisión ordinaria de Concejo Municipal de Servicios Municipales y Gestión Ambiental para que emitan Dictamen Correspondiente previa evaluación; Que, con Carta N° 001-2023-ODAACYGD/A/MDSA, de fecha 20 de enero del 2023, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria remite el presente expediente para atención respectiva; Que, mediante Dictamen N° 001-2023-CSMGM/CM/ MDSA de fecha 23 de enero del 2023, la Comisión Ordinaria de Servicios Municipales y Gestión Ambiental del Concejo Municipal, considera que la Municipalidad Distrital de San Antonio requiere un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, especí fi co y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía lineamientos y actividades que contribuirán directamente a los objetivos de desarrollo sostenible Distrital, local, regional y nacional; por lo que esta Comisión Conjunta, por UNANIMIDAD, acordó recomendar: la Aprobación del “PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO”, disponiendo que en su oportunidad el presente dictamen sea elevado al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Que, estando a lo dispuesto, acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Nº 003- 2023-CM/MDSA de fecha 16 de febrero del 2023, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones conferida por la Constitución Política del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9º y 25º de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal en concordancia con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, con la dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta; con Acuerdo de Concejo N° 019-2023-CM/MDSA del 17 de febrero del 2023, el Concejo Municipal acordó: APROBAR, la Ordenanza Municipal del PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO”; Que, los artículos 73 y 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorgan competencias y funciones a los gobiernos locales para promover la educación e investigación ambiental, incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; y promover la cultura de la prevención en la ciudadanía; Que, el numeral 7 del artículo 9 de la precitada Ley concede atribuciones al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad de lo previsto por el art. 200, numeral 4) de la Constitución Política del Perú, tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las Normas Regionales de carácter general; POR LO TANTO: El Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9°, numerales 8 y artículo 40° del mismo cuerpo legal, por Unanimidad; y, con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO (PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA - SAN ANTONIO) Artículo Primero.- APROBAR el PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO (PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA - SAN ANTONIO), que como anexo forma parte integrante y sustancial de la presente Ordenanza Municipal, en el marco de la Ley 28611, Ley General del Ambiente, Decreto Supremo N° 017-2012-ED Política Nacional de Educación Ambiental, Decreto Supremo N° 023-2021- MINAM, normativa concordante; y, Anexo que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCÁRGUESE a Gerencia Municipal, la implementación de la presente Ordenanza,