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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / POR LO TANTO: El Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9°, numerales 8 y artículo 40° del mismo cuerpo legal, por Unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO – CAM DSA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- APROBAR la COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO – CAM DSA, como instancia de gestión ambiental del Distrito de San Antonio, como parte integrante del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, que tiene por objeto coordinar, concertar y establecer la Política Ambiental Local, así como diseñar y plantear los instrumentos de Gestión Ambiental, dirigidos a mejorar la calidad de vida de los residentes del distrito. La presente Ordenanza, norma el funcionamiento de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de San Antonio; constituyéndose en el documento normativo que tiene por objeto establecer el objeto, fi nalidad, ámbito, composición, funciones y otros aspectos. Artículo 2.- La Comisión Ambiental Municipal del Distrito de San Antonio, en adelante CAM DSA, estará sujeta a las disposiciones de alcance general, regional y local sobre la materia. TÍTULO SEGUNDO DEL RÉGIMEN LEGAL CAPÍTULO ÚNICO DEL OBJETO, FINALIDAD, ÁMBITO, COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y GRUPOS TÉCNICOS Artículo 3.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto crear y establecer el ámbito, composición y funciones de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) del distrito de San Antonio. Artículo 4.- Finalidad La CAM del distrito de San Antonio. tiene por fi nalidad concertar y coordinar la Política Nacional del Ambiente en el ámbito local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores público, privado y de la sociedad civil. Artículo 5.- Ámbito La CAM del distrito de San Antonio, ejerce sus funciones en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de San Antonio. Artículo 6.- Composición La CAM del distrito de San Antonio, estará conformada por los representantes de las siguientes instituciones: -Municipalidad Distrital de San Antonio -Unidad de Gestión Educativa Local Mariscal Nieto-Policía Nacional del Perú – Comisaria de San Antonio-Junta de Usuarios de Riego del Sector Hidráulico Moquegua -Representantes de Juntas Vecinales – San Antonio-Centro de Salud de San Antonio-Empresa Prestadora de Servicios – EPS Moquegua-Instituto Nacional de Estadística e Informática – Sede Moquegua -Universidad José Carlos Mariátegui-Compañía de Bomberos San Antonio N° 201-Centro de Operaciones de Emergencia Regional-Representante de organizaciones juveniles -Instituto Nacional de Investigación Agraria – EE Moquegua-Empresa Anglo American Quellaveco -Petroperú S.A.-Empresa ISA Red de Energía del Perú-Empresa ENGIE Energía Perú S.A. Artículo 7.- Acreditación de los Representantes Las instituciones conformantes de la CAM del distrito de San Antonio, deberán designar a un representante titular y un representante alterno, mediante comunicación escrita, la misma que deberá ser refrendada por el directivo y/o representante de la institución debidamente facultado. Los representantes designados deberán informar a su representada, los acuerdos y responsabilidades asumidos en las sesiones ordinarias y extraordinarias. Artículo 8.- Funciones La CAM del distrito de San Antonio, tendrá las siguientes funciones: I. Funciones Generales a) Ser la instancia de concertación de la Política Ambiental y climática local e en el ámbito local en coordinación con la Municipalidad del Distrito de San Antonio, para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental. b) Construir participativamente la política ambiental y climática local, validada en la CAM y aprobada por la Municipalidad del Distrito de San Antonio. c) Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una visión compartida. d) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales. e) Facilitar el tratamiento apropiado para la resolución de con fl ictos ambientales. f) Emitir opinión favorable a los instrumentos de gestión ambiental del ámbito municipal. II. Funciones Especí fi cas a) Promover y contribuir al desarrollo de programas, proyectos que aporten al desarrollo ambiental sostenible en el distrito. b) Apoyar en la comunicación a la ciudadanía respecto a la información relacionada al conocimiento del estado del ambiente y los recursos naturales en el distrito de San Antonio. c) Informar y difundir el desempeño de la gestión y manejo integral de los residuos sólidos en el área urbana del distrito de San Antonio. d) Promover acciones para fortalecer la educación y ciudadanía ambiental y participación ciudadana a nivel local. e) Proponer los proyectos de instrumentos de plani fi cación ambiental local para su aprobación correspondiente. Articular las políticas y planes de las entidades integrantes del SGLA con la política, plan y estrategias ambientales del distrito de San Antonio. f) Otras funciones que establezcan en forma coordinada la Municipalidad de San Antonio y la Comisión Ambiental Municipal. Artículo 9.- De los Grupos Técnicos de la CAM La CAM del Distrito de San Antonio, cumplirá sus funciones con el apoyo de Grupos Técnicos a propuestas de los miembros y aprobada por la CAM. a. Los Grupos Técnicos son instancias destinadas a la discusión, análisis, y búsqueda de acuerdos técnicos y mecanismos que se requieran para hacer operativos los instrumentos de gestión ambiental, proponer alternativas de solución a problemas ambientales, generar propuestas y proyectos, así como diagnosticar, diseñar, ejecutar y evaluar la implementación de la Política Nacional del Ambiente en el ámbito local. b. Los Grupos Técnicos de la CAM son creados con un objetivo especí fi co y están conformados por personas que poseen los conocimientos y experiencias requeridas para cumplir con las funciones de estos, que de acuerdo con las características y necesidades podrían ser renovados.