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60 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / por parte de todas las instancias y dependencias de la municipalidad, para lo cual aprobara Planes de Trabajo Anuales, como instrumento de priorización, contextualización y formalización, de las actividades y tareas, el presupuesto y/o capacidades asignadas, el cronograma y las responsabilidades necesarias y posibles para asegurar, cada año, la implementación gradual del Programa Municipal EDUCCA - San Antonio. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente. Artículo Cuarto.- CONVOCAR la participación activa del conjunto de instituciones y organizaciones locales, identi fi cadas Vía Sistema Local de Gestión Ambiental (CAM, Grupo Técnico), en la implementación del “Programa Municipal EDUCCA - San Antonio”. Dicha participación comprende su intervención en las actividades y tareas, como también las capacidades y responsabilidades que puedan comprometer a cada Plan de Trabajo Anual. Artículo Quinto.- ESTABLECER la realización anual de una evaluación y reporte público de los resultados de cada Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Al fi nal de cada periodo de gobierno corresponde hacer una evaluación y reporte público de los resultados logrados con el “Programa Municipal EDUCCA - San Antonio”, así como proceder a su actualización o reformulación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental el alcance de la presente Ordenanza Municipal al Ministerio del Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía Informe Nacional del estado del ambiente. Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio. Por tanto, mando se registre, comunique, publique y cumpla. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2170453-1 Aprueban el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Antonio para el año fiscal 2024 ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2023-MDSA San Antonio, 17 de febrero del 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 003-2023-CM/MDSA celebrada el 16 de febrero del 2023, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Informe N°002-2023-LPCN-OPM/OGPP/GMMDSA, de fecha 13 de enero de 2023, Informe N°027-2023-OGPP/GMMDSA, de fecha 13 de enero de 2023, Opinión Legal Nº013-2023-OGAJ/MDSA, de fecha 13 de enero del 2023, Carta Nº 001-2023-ODAACYGD/A/MDSA, de fecha 20 de enero del 2023 y Dictamen N° 001-2023-CDIPP/ CM/MDSA del 25 de enero del 2023 y Acuerdo de Concejo N° 020-2023-CM/MDSA de fecha 17 de febrero del 2023, sobre aprobación de propuesta “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO PARA EL AÑO FISCAL 2024”, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen la fi nalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 9. Inciso 8 de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, Una de las Atribuciones del Concejo Municipal es: 8-Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo en el artículo 20” Incisos 4 y 5, establecen que las atribuciones del Alcalde son: “Proponer al concejo municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos” y “Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación; y en el artículo 40” Indica: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa”. Que, conforme el Informe N°002-2023-LPCN- OPM/OGPP/GMMDSA, de fecha 13 de enero de 2023, la responsable de la O fi cina de Planeamiento y Modernización Econ. Lizbeth Paola Chávez Nina, presenta el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO PARA EL AÑO FISCAL 2024” a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, concluyendo que: para el inicio del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2024 es indispensable que se apruebe la Ordenanza que reglamente el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2024 y solicita se eleve a la O fi cina General de Asesoría Jurídica para opinión Legal; Que, mediante el Informe N°027-2023-OGPP/ GMMDSA, de fecha 13 de enero de 2023, el Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto Ing. Percy Hernán Velásquez Arpasi, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO PARA EL AÑO FISCAL 2024”, a la o fi cina de Asesoría Legal solicitando Opinión Legal; Que, mediante Opinión Legal Nº 013-2023-OGAJ/ MDSA, de fecha 13 de enero del 2023, el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica Abog. Rolando Alejandro Aduvire Ramos, emite opinión legal sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO PARA EL AÑO FISCAL 2024”, indicando que este órgano de asesoramiento, es de Opinión Favorable para la continuidad del procedimiento administrativo de aprobación del proyecto de ordenanza municipal: que aprueba el reglamento del proceso del presupuesto participativo del distrito de san Antonio para el año fi scal 2024;