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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (22/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 121

121 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / de los artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; y que, de acuerdo con el inciso 8) del artículo 9º de la misma norma señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, asimismo, el Artículo 82º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde a las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, impulsar una cultura cívica de respeto y promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática; en su inciso 18) el referido artículo, determina que: “Son funciones de las Municipalidades normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez del vecindario en general, mediante la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas acorde con los fi nes indicados”. Que, con Informe N° 242-2023-SGECTD-GDS-MSS de fecha 27.03.2023, la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, propone la emisión de una Ordenanza que Regula la Administración de Losas Deportivas Municipales y la Promoción de la Práctica Deportiva en Santiago de Surco, la cual se sustenta en el Informe Técnico N° 001-2023-KJPP-SGECTD-GDS-MSS de fecha 24.03.2023, que entre otras consideraciones indica que la Ordenanza propuesta, se encuentra dentro de las causales de excepción de la pre publicación, establecidas en el sub numeral 14.3.2 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS 1. La propuesta normativa, tiene como fi nalidad regular la administración de la infraestructura deportiva que detallada en su Anexo II, con la participación de los vecinos y las organizaciones vecinales que coadyuven a una correcta administración de las losas deportivas en bene fi cio de la comunidad a fi n de promover la práctica masiva de la actividad física y deportiva, que generen estilos de vida saludables. Que, por Memorándum N° 587-2023-GPV-MSS de fecha 27.03.2023, la Gerencia de Participación Vecinal, opina por la procedencia de la Ordenanza propuesta, considerando que se ha considerado horarios gratuitos para niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores que residan en el distrito, habiendo considerado además en la participación del comité deportivo, no solo a vecinos que viven en el perímetro de in fl uencia donde se encuentra la losa deportiva, sino también a los que residen 03 manzanas a la redonda del espacio deportivo. Que, mediante Informe N° 314-2023-SGFCA-GSEGC- MSS de fecha 29.03.2023, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, propone un texto modi fi catorio de la Ordenanza, respecto al ejercicio de la potestad sancionadora; asimismo, tipi fi ca infracciones derivadas del proyecto de ordenanza; el referido informe, cuenta con la conformidad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la que consta en el Memorándum N° 218-2023-GSEGC-MSS de fecha 29.03.2023. Que, a través del Informe N° 263-2023-SGECTD- GDS-MSS de fecha 30.03.2023, la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, informa que se han incorporado las precisiones y recomendaciones de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, a la Ordenanza que Regula la Administración de Losas Deportivas Municipales y la Promoción de la Práctica Deportiva en Santiago de Surco. Que, con el Memorándum N° 1208-2023-GPP-MSS de fecha 30.03.2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable por la presente propuesta de Ordenanza, la cual se encuentra enmarcada dentro del: - Plan Desarrollo Local Concertado (PDLC) 2017 - 2025 (horizonte ampliado) del Distrito de Santiago de Surco, aprobado con la Ordenanza N° 663-MSS que contiene el Objetivo Estratégico 0EI06: Fortalecer el desarrollo humano de la población. - Plan Estratégico Institucional (PEI) de la Municipalidad de Santiago de Surco para el periodo 2019 -2025 (horizonte ampliado), aprobado con Resolución de Alcaldía N° 424-2022-RASS, la que contiene el Objetivo Estratégico Institucional OEI.07 Promover el Desarrollo Humano y Hábitos Saludables en el Distrito y la Acción Estratégica Institucional (AEI.07.08) Eventos Deportivos Interdisciplinarios inclusivos para los vecinos del distrito. - El Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022-2024 de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Resolución de Alcaldía N°311-2021-RASS y, el Plan Operativo Institucional (POI) 2023, aprobado con Acuerdo de Concejo N° 120-2022-RASS, siendo que la ordenanza, es congruente con las actividades y tareas responsabilidad de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deportes AOI30128900212 REALIZACION DE ACTIVIDADES FISICAS Y DEPORTIVAS, los cuales se encuentran presupuestados en el PIA del presente ejercicio. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 279-2023-GAJ-MSS de fecha 30.03.2023, indica que procede legalmente la aprobación de la Ordenanza que Regula la Administración de Losas Deportivas Municipales y la Promoción de la Práctica Deportiva en Santiago de Surco; debiendo incorporarse a la Ordenanza N° 611-MSS las infracciones del artículo 16 de la Ordenanza submateria, para lo cual deberá remitirse al Concejo Municipal a efectos que proceda con arreglo a sus atribuciones señaladas por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades con el quórum correspondiente. Que, la Gerencia Municipal, mediante Memorándum Nº 684-2023-GM-MSS de fecha 31.03.2023, teniendo en cuenta la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita la elevación de los actuados al Concejo Municipal, para la emisión del Acuerdo de Concejo que apruebe la presente propuesta de Ordenanza que Regula la Administración de Losas Deportivas Municipales y la Promoción de la Práctica Deportiva en Santiago de Surco. Estando las consideraciones vertidas en el Dictamen Conjunto Nº 002-2023-CASDPV-CAJ-MSS, de las Comisiones de Asuntos Sociales, Deportes y Participación Vecinal y Asuntos Jurídicos, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° numeral 8, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN DE LOSAS DEPORTIVAS MUNICIPALES Y LA PROMOCIÓN DE LA PRACTICA DEPORTIVA EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto promover la mejor gestión de las losas deportivas municipales para optimizar su conservación, mantenimiento y mejora; así como difundir la práctica deportiva y la actividad física a través de la implementación de programas deportivos. Artículo 2°.- Finalidad La presente Ordenanza tiene como fi nalidad regular la administración de la infraestructura deportiva municipal que se detalla en el Anexo II, las cuales siendo de propiedad de la Municipalidad de Santiago de Surco o contando con una afectación en uso, busca la participación de los vecinos y las organizaciones vecinales que coadyuven a una correcta administración compartida de las losas deportivas en bene fi cio de la comunidad a fi n de promover