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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (22/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / Naciones Unidas para los procesos de despliegue de Contingentes Militares, se ha plani fi cado el desarrollo de una visita de reconocimiento a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Mali (MINUSMA), del 17 al 21 de abril de 2023; Que, con O fi cio N° 1688 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/ LOG.a, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica a la Secretaría General del Ministerio de Defensa que, a través del correo electrónico del Servicio de Generación de la Fuerza del Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas, se recomienda que la citada visita sea reprogramada del 24 al 28 de abril del 2023; asimismo, confi rma la disponibilidad para la ejecución de la visita en la nueva fecha sugerida; Que, a través del Dictamen N° 205-2023/CCFFAA/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en la visita de reconocimiento a realizarse a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Mali (MINUSMA), del 24 al 28 de abril de 2023, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Jefe de la O fi cina de Asuntos Internacionales del CCFFAA, el Comandante de la Compañía, el Segundo Comandante de la Compañía y el Analista en Temas de Operaciones de Paz, quienes participaran en la visita de reconocimiento a realizarse a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Mali (MINUSMA), por cuanto constituye un compromiso con carácter vinculante ante las Naciones Unidas, debiendo el Gobierno cumplir con las condiciones legales, administrativas, logísticas y fi nancieras que rigen para la aportación de personal, equipos y servicios. Asimismo, permitirá cumplir con los objetivos estratégicos del país, sobre el fortalecimiento de las relaciones y la presencia internacional en el ámbito de la Seguridad y Defensa, su posicionamiento como interlocutor relevante en el escenario de las Operaciones de Paz y lograr los objetivos estratégicos de incrementar la participación del país en este escenario; Que, de acuerdo a lo indicado en la Nota N° DPO/ OMA/2023/00750 de la Secretaría de las Naciones Unidas, la composición del equipo de reconocimiento no debe exceder las cinco personas durante cinco días hábiles. Sin embargo, las Naciones Unidas proporcionarán fi nanciación y alojamiento para dos (2) miembros del equipo de reconocimiento; Que, a través de correo institucional de fecha 20 de abril de 2023, el Área de Personal de la Unidad de Operaciones de Paz de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas remite el O fi cio N° 003 CCFFAA/OGA/ OAI/UOP/LOG.a, por medio del cual la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Internacionales del citado órgano ejecutor informa que, al haber seleccionado a la Compañía peruana para su despliegue a la MINUSMA, se debe cumplir con las disposiciones establecidas en la Directriz Normativa denominada “Contributing Country Reconnaissance Visits”, la cual indica que las Naciones Unidas pueden fi nanciar el viaje de cierta cantidad de delegados del país que desarrolla la visita de reconocimiento de acuerdo al tipo de Unidad, que para el caso de una Compañía es de dos (2) efectivos; sin embargo, esta cobertura se da bajo la forma de reembolso, teniendo en consideración que, el país contribuyente despliega su equipo de reconocimiento en el área de la misión y, al fi nalizar el viaje, presenta un reclamo a la Unidad de Viajes de la ONU a través de su Misión Permanente en Nueva York. El reclamo debe incluir los boletos aéreos originales y las tarjetas de embarque. El reembolso a los países contribuyentes se limitará a lo que le habría costado a la ONU organizar un viaje similar; Que, de acuerdo a lo indicado en el párrafo precedente el responsable de realizar la visita de reconocimiento debe asumir los gastos del viaje y bajo un reclamo posterior, que será reembolsado por las Naciones Unidas; por lo que, la fi nanciación a la se hace referencia en la Nota N° DPO/OMA/2023/00750 es para su aplicación en forma posterior al viaje; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los viáticos que se otorguen conforme a la Escala señalada en el artículo 5 serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, de acuerdo con Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de la O fi cina de Administración del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de la Unidad Ejecutora 002: delComando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000351 y N° 0000000352, emitidas por el Jefe de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se garantizan el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación del personal autorizado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después del término de la misma; Que, con O fi cio N° 1772 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/ LOG.a, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en la visita de reconocimiento a realizarse a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Mali (MINUSMA), del 24 al 28 de abril de 2023, autorizando su salida del país el 22 de abril y su retorno el 30 de abril de 2023; Que, a través del O fi cio N° 01015-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, en atención al Informe Técnico N° 213-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 00599-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil, que participará en la visita de reconocimiento a realizarse a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Mali (MINUSMA), por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal militar y civil que se detalla a