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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (22/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Noam Dante Valentín López, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Artículo 2.- DISPONER , la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta (e)Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2171581-1 PRODUCE Aprueban las Disposiciones Técnicas Ambientales (DTA) para las actividades de la industria manufacturera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000147-2023-PRODUCE Lima, 21 de abril de 2023VISTOS: El O fi cio N° 00767-2022-MINAM/VMGA/ DGPIGA del Ministerio del Ambiente; el Memorando N° 00001007-2022-PRODUCE/DGAAMI de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Informe N° 00000026-2022-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00001306-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00001332-2022-PRODUCE/OGAJ rati fi cado con el Informe N° 00000488-2023-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, estipula que los ministerios y sus respectivos organismos públicos descentralizados, así como los organismos regulatorios o de fi scalización, ejercen funciones y atribuciones ambientales sobre las actividades y materias señaladas en la ley; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fi scalizados; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1047 prevé entre las funciones rectoras de la entidad las de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; además dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva; Que, el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, tiene por objeto promover y regular la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas; Que, de conformidad con el literal d) del artículo 5 del mencionado Reglamento, uno de los lineamientos para la gestión ambiental de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, lo constituye el propiciar la adopción de medidas preventivas y correctivas de gestión ambiental, según corresponda; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 006-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2015-PRODUCE, dispone que el Ministerio de la Producción queda facultado para que vía Resolución Ministerial y previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente, establezca disposiciones técnicas ambientales, que son obligaciones especí fi cas de gestión ambiental para las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, que no requieren de Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) o Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de acuerdo con el Anexo del Decreto Supremo N° 006-2019-PRODUCE; las disposiciones técnicas ambientales se sustentan en la información técnica de dichas actividades que proporcione el ente fi scalizador, en el marco de su competencia, a la autoridad competente; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 00395-2021-PRODUCE, se dispuso la publicación del “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Técnicas Ambientales (DTA) para las actividades de la industria manufacturera” y del Informe Técnico que sustenta las propuestas de Disposiciones Técnicas Ambientales, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía por el plazo de diez (10) días hábiles, contado desde la publicación de la referida Resolución Ministerial; cabe resaltar, que vencido dicho plazo, no se recibieron comentarios y sugerencias; Que, mediante O fi cio N° 00767-2022-MINAM/VMGA/ DGPIGA e Informe N° 00800-2022-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA, el Ministerio del Ambiente otorga opinión previa favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Técnicas Ambientales para las actividades de la industria manufacturera; Que, con el Memorando N° 00001007-2022-PRODUCE/ DGAAMI, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria remite el Informe N° 0000052-2022-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado de la Dirección de Gestión Ambiental, a través del cual propone y sustenta el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Técnicas Ambientales para las actividades de la industria manufacturera; Que, por el Informe N° 00000026-2022-PRODUCE/ DGPAR la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio remite el Informe N° 00000141-2022-JYOVERA de la Dirección de Normatividad, emitiendo opinión favorable a la aprobación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Técnicas Ambientales para las actividades de la industria manufacturera; Que, a través del Memorando N° 00001306-2022- PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria mani fi esta su conformidad a la aprobación de la propuesta normativa en mención; Que, mediante el Informe Nº 00001332- 2022-PRODUCE/OGAJ, rati fi cado con el Informe Nº 00000488-2023-PRODUCE/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Técnicas Ambientales para las actividades de la industria manufacturera; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Asuntos