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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (22/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación temporal del señor Erick Diego Benavides Portilla, en el cargo de con fi anza de Coordinador de la Unidad Territorial La Libertad – Lambayeque, efectuada mediante Resolución Directoral N° D000106-2022-MIDIS/PNPAIS-DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar, al señor Carlos Eduardo Goicochea Torres, en el puesto de con fi anza de Coordinador de la Unidad Territorial La Libertad – Lambayeque del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”. Artículo 3°.- Encargar a la Unidad de Administración las acciones necesarias para la noti fi cación de la presente resolución a los citados servidores, a las Unidades Orgánicas, Unidades Territoriales y al Coordinador Técnico del Programa; y, gestionar la publicación de la presente resolución, en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa disponga las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia del Programa Nacional PAIS. Regístrese, comuníquese, notifíquese y/o publíquese.CESAR ADOLFO MALLEA GEISER Director Ejecutivo (e)Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS” 2171244-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que aprueba la modificación de la tasa de referencia de una operación de endeudamiento externo concertada con la Japan International Cooperation Agency - JICA DECRETO SUPREMO Nº 069-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 111-2022-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrada por la República del Perú con la Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por la suma de US$ 45 000 000,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa de Inversión “Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias”; Que, en el numeral 1.2 del artículo 1 del citado Decreto Supremo, se dispone que, en concordancia con el respectivo Contrato de Préstamo Nº PE-F-P1, la cancelación de la operación de endeudamiento externo es en cuotas, que devengan una tasa de interés basada en la Tasa de Oferta Interbancaria de Londres (LIBOR), a seis (06) meses, más un margen variable a ser determinado por la JICA, de acuerdo con su política sobre tasas de interés; Que, conforme a lo dispuesto por el literal (gg) de la Sección 2.01 – De fi niciones del artículo II de los Términos y Condiciones Generales del referido Contrato, cuando la tasa LIBOR no está disponible o ya no es comercialmente aceptable para la JICA continuar utilizando la misma, entonces la tasa de referencia debe ser entendida como cualquier otra tasa de interés de referencia, más el margen aplicable de acuerdo a lo determinado por la citada entidad, para un cambio de tarifa; Que, en el marco del proceso global de reemplazo de la Tasa LIBOR y con la implementación del proceso de transición para la sustitución de la referida Tasa, como la tasa de referencia para el cálculo de intereses, la JICA mediante Carta Nº JICALG202208180001, de fecha 23 de agosto de 2022, noti fi ca el cambio de la Tasa LIBOR debido a que la misma ya no está disponible o ya no es comerciablemente aceptable y mani fi esta la necesidad de aplicar una nueva tasa de interés al Contrato de Préstamo Nº PE-F-P1; Que, la JICA y el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, han convenido un documento denominado “Enmienda” del citado Contrato de Préstamo, el cual será suscrito entre la República del Perú y la JICA, luego de la aprobación del presente Decreto Supremo; Que, en tal sentido, se requiere modi fi car la tasa de referencia establecida en Decreto Supremo Nº 111-2022-EF, por la Tasa de referencia Secured Overnight Financing Rate (SOFR); Que, de acuerdo al numeral 28.1 del artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Economía y Finanzas y del ministro del sector correspondiente, se aprueban las modi fi caciones de las operaciones de endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación de la modi fi cación de la tasa de referencia de operaciones de endeudamiento externo concertadas con la Japan International Cooperation Agency – JICA Aprobar la modi fi cación de la tasa de referencia denominada Tasa de Oferta Interbancaria de Londres (LIBOR), establecida como condición fi nanciera de la operación de endeudamiento externo aprobada mediante Decreto Supremo Nº 111-2022-EF, por la Tasa de referencia denominada Secured Overnight Financing Rate (SOFR). Artículo 2.- Suscripción de documentos Autorizar al (a la) Director(a) General de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir, en representación de la República del Perú, la “Enmienda” al Contrato de Préstamo Nº PE-F-P1, derivado del Decreto Supremo Nº 111-2022-EF señalado en la presente norma, así como los demás documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2171648-4